Economía y Empresas > Ley de Negociación Colectiva

Empresarios dan por cerradas las negociaciones y vuelven a la OIT

Resurge riesgo que Uruguay integre la llamada "lista negra" del organismo
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31 de enero de 2017 a las 05:00

Los empleadores habían abierto un impasse en dos oportunidades, primero en 2015 y luego en 2016, por el que se habían comprometido a no impulsar que Uruguay estuviera en la llamada "lista negra" de la Comisión de Aplicación de Normas de la OIT, mientras se buscaba una salida. Esa lista la integran países que no respetan leyes laborales y otros observados por no respetar las libertades sindicales.

Una extensa tregua de dos años llegó a su fin. Las cámaras de Comercio e Industria se reunieron ayer y formalizaron lo que desde comienzo de 2017 era un secreto a voces. Ante la falta de avances en las negociaciones con el gobierno y el PIT- CNT para modificar la ley de Negociación Colectiva, las gremiales seguirán adelante con la queja ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

"Yo entendí que hace dos años cuando acordamos una prórroga había una madurez sindical que iba a permitir llevar a buen puerto esta nave, pero veo que todavía no es la suficiente que debería exhibir un país como Uruguay. (...) Pusimos 24 meses de esfuerzo total y no logramos nada. Presentamos propuestas, el gobierno también hizo su esfuerzo, pero el PIT-CNT no presentó nada. Tenemos que volver a apelar a formar el sentido común que no está y para eso hay que reavivar la queja", dijo a El Observador, el presidente de la Cámara de Industrias, Washington Corallo.

Lo que sigue pendiente

En 2010 el Comité de Libertad Sindical de la OIT realizó nueve recomendaciones para que se modificara la ley de Negociación Colectiva, entre las que hay dos que sobresalen.

Hoy las cámaras empresariales insisten en la negativa del gobierno a regular el procedimiento para garantizar la libertad de trabajo de los no huelguistas y el derecho de los empresarios a ingresar en sus instalaciones durante las ocupaciones.

La queja original que los empresarios realizaron en 2009 se hizo en base al decreto 165/06 que reglamenta las ocupaciones y que se entiende debe derogarse. Ello porque el articulado sobre el tema fue eliminado de la ley de Negociación Colectiva cuando el presidente Tabaré Vázquez envió la iniciativa al Parlamento en 2008. Desde el sector empleador se sostiene que la ocupación no está incluida dentro del derecho de huelga. Aunque la Constitución reconoce este derecho, no admite la ocupación de una empresa como medida de acción gremial.

Otro punto de peso todavía no atendido se centra en la competencia de los Consejos de Salarios. La recomendación de la OIT sostiene que los Consejos de Salarios (órganos tripartitos) solo tienen competencia para fijar salarios mínimos y su régimen de actualización. El resto de las condiciones de trabajo, por ejemplo, las actualizaciones de los salarios superiores a los mínimos por categorías, beneficios laborales, licencia sindical, prevención y solución de conflictos colectivos, debería ser materia de la negociación colectiva bipartita, sin injerencia del gobierno.

Fin de las negociaciones

"La OIT le dijo al gobierno en 2010: 'señores tienen que arreglar esto porque están fuera de los acuerdos que ustedes han firmado'. Si no se corrige la OIT va a seguir poniendo a Uruguay en una situación de demasiada rigidez sindical", dijo a El Observador el presidente de la Cámara de Comercio, Carlos Perera.

"El acuerdo terminó. No sé cómo vamos a seguir. Lo que queda es la posición triste de que el sector sindical nos tomó el pelo. Faltando ocho días pidieron una reunión para el 25 de enero y no trajeron nada por escrito", añadió el empresario.

Ya en el 2013 la OIT estuvo a punto de incluir a Uruguay en la llamada "lista negra". Esa vez el gobierno logró frenar esa posibilidad bajo el argumento que Uruguay tiene "un alto nivel de diálogo social".

De hecho en está ocasión, las autoridades del Ministerio de Trabajo (Mtss) volvieron a apostar por esa virtud y concentraron todas sus baterías en tratar de alcanzar un entendimiento entre empresarios y trabajadores que atendiera lo planteado en la queja, pero no tuvieron éxito.

"Ahora cada parte tiene las manos libres. Si el PIT-CNT o el ministerio dice lo que va a hacer y es satisfactorio la marcha atrás siempre existe, levantamos la queja y ya está. Yo no me voy a sentar a negociar por ahora. Dimos dos años y no llegamos a ningún acuerdo. ¿Qué más tenemos que dar?", se preguntó Perera.

Durante la última reunión que tuvieron las partes el martes pasado en el Mtss, la delegación del PIT-CNT manifestó su disposición a discutir uno de los planteos que las cámaras empresariales presentaron en diciembre pasado y que refiere a un sistema de prevención de conflictos entre empresas y trabajadores. Pero también reflotó su voluntad de avanzar en la creación de un fondo de garantía de los créditos laborales para casos de insolvencia patronal.

La introducción de modificaciones en la ley de Negociación Colectiva no forma parte de la agenda del PIT-CNT, más allá de alguna. En diálogo con El Observador, el director del Instituto Cuesta Duarte, Milton Castellano, dijo que es "una buena ley" que se defenderá en la OIT cuando sea necesario.

Con las cartas a la vista, todo hace indicar que ahora el MTSS pondrá a consideración del Parlamento una modificación normativa. Así lo había adelantado en diciembre el ministro de Trabajo, Ernesto Murro para el caso que no se llegara a un acuerdo. Eso no resguardaría enteramente al país de que el caso uruguayo vuelva a ser considerado por la OIT a mitad de año en su asamblea anual, pero serviría para quedar en una mejor posición. Eso es así porque los informes del organismo tomarían nota de la conducta proactiva del gobierno al poner el tema en manos del Parlamento, había dicho semanas atrás un experto consultado por El Observador.


Cómo se confecciona la llamada "lista negra"

En los meses previos a la asamblea anual, la Comisión de Aplicación de Normas de la OIT analiza el informe de la Comisión de Expertos sobre la situación de cada país. Luego se ofrece a los representantes de los gobiernos, empleadores y trabajadores la oportunidad de examinar la forma en que los estados cumplen con sus obligaciones establecidas en los convenios y recomendaciones. En base a las observaciones de los expertos se elabora una lista de los casos individuales que toma en cuenta la calidad de las respuestas proporcionadas por los gobiernos o la ausencia de estas, y la gravedad y persistencia de las faltas. Si bien la OIT no prevé sanciones directas, ingresar en la "lista negra" no es nada favorable para la imagen del país en el exterior. El criterio utilizado no establece categorías, por lo que Uruguay puede ser incluido en una misma lista junto a países que están observados, por ejemplo, por no respetar las libertades sindicales o porque registran asesinatos de dirigentes en su territorio.


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