Nacional > Deuda con la DGI

Fallo del TCA obliga a Naná a pagar impuesto a la renta por ser titular de una empresa

La empresaria alegó que sólo arrienda las habitaciones pero el tribunal concluyó que es una empresaria que dirige el prostíbulo
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12 de marzo de 2020 a las 05:04

El Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) le dio la razón a la Dirección General Impositiva (DGI) en su intención de cobrarle al prostíbulo La casa de Naná impuesto a la renta empresarial, conocido como IRAE, por ser una empresa que combina capital y trabajo.

En una resolución el 31 de enero de 2014, la DGI dispuso que la empresaria Nelly González debía en ese momento $ 8.685.088, por concepto de IRIC, IRAE e IVA, por el período comprendido entre enero de 2004 a setiembre de 2012, más mora y la infracción de contravención. La Ley 18.083 de julio de 2007, sustituyó el IRIC por el Impuesto a las Rentas de las Actividades Empresariales (IRAE).

En su fallo, el TCA afirmó que es una empresa “toda unidad productiva que combina capital y trabajo para producir un resultado económico, intermediando para ello en la circulación de bienes o la prestación de servicios".

El tribunal le dio la razón a la DGI, en cuanto a que la actividad de González "al frente del establecimiento “La Casa de Naná” constituye una actividad empresarial". Agregó que ha sido admitido en las actas que figuran en el expediente, que "se encarga de elegir y reclutar a las arrendatarias, regular el horario de atención, contratar un servicio de vigilancia, contratar la limpieza del inmueble, y se encarga además de controlar el funcionamiento, disponiendo del inmueble mediante el arrendamiento de cada una de las piezas a las señoritas que allí prestan sus servicios".

Al respecto el ministro del TCA William Corujo señaló al expresar su voto para la sentencia que "no cabe duda de que la actividad de la accionante al frente del establecimiento “La Casa de Naná” en Punta del Este es una actividad empresarial que combina capital y trabajo y por tanto, que se encuentra encuadrado dentro del hecho generador del IRIC y del IRAE y no se trata de una renta pura de capital derivada exclusivamente del arrendamiento de habitaciones del inmueble de su propiedad a las chicas para el ejercicio del meretricio".

"La actividad que la actora desarrolla no se ciñe únicamente al arrendamiento de habitaciones a meretrices. Lo que dirige es un prostíbulo cuyo nombre comercial -y popular- es “La Casa de Naná”, agregó la sentencia.

Como prueba de ello mencionaron una publicidad del prostíbulo que era emitida por Radio El Espectador y proporcionado por la empresa Publicidad Notable, donde se expresa: “Hola, habla Naná, directamente desde Maldonado y aunque ustedes no lo crean, una ejecutiva como yo, sí, tiene dolores de cabeza. Con más de treinta chicas, la administración, la decoración, recibir personalidades y gente que viene a hacer preguntas. Yo tomo Mejoral. Y mis chicas también, porque no pueden darse el lujo de andar con dolor de cabeza…” 

Por todo ello, el TCA concluyó que la titular del establecimiento "realiza la elección y reclutamiento las arrendatarias (meretrices); la regulación del horario de atención al público; la contratación de un servicio de vigilancia, que asegura un mejor ambiente para las prostitutas que allí desempeñan su oficio; la contratación de un servicio de limpieza del inmueble; el control del funcionamiento del local a través de la titular o de la persona que se encuentra como encargado del local; el control del reglamento que deben cumplir las arrendatarias; la contratación de la publicidad del establecimiento". 

"Todos estos elementos fueron acreditados por la Administración e incluso reconocidos por la contribuyente y sus dependientes, por lo que no cabe duda alguna que la renta que percibe tiene como base una empresa de la que la actora participa, más que arrendando habitaciones y cobrando un precio", concluyó el fallo que surge ante un recurso presentado por González en 2011 solicitando la revisión de lo actuado en un caso anterior, y por el cual la DGI le reclamó en 2006 el mismo impuesto.

 

 

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