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Gobierno flexibiliza requisitos y extranjeros podrán tramitar residencia fiscal con patrimonio de US$ 377.000

El Poder Ejecutivo publicó un decreto que flexibiliza ese requisito y otorgará otros beneficios por medio de un proyecto de ley
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11 de junio de 2020 a las 17:11

El Poder Ejecutivo publicó un decreto y enviará un proyecto de ley al Parlamento con modificaciones a los requisitos para acceder a la residencia fiscal y promover el arribo de capitales al país. 

Desde el 1° de julio el monto del patrimonio necesario que se debe tener en el país para obtener la residencia fiscal bajará desde US$ 1,7 millones (a US$ 377 mil a valores de hoy). El decreto señalará que las personas físicas que permanezcan al menos 60 días en el año podrán obtener la residencia siempre y cuando tengan o adquieran un inmueble por 3.500.000 unidades indexadas (US$ 377 mil). 

Tal como informó El Observador la semana pasada, la residencia fiscal también se podrá obtener con una inversión, directa o indirecta, en una empresa por valor superior a 15 millones de UI (US$ 1,6 millones). Actualmente el monto necesario es de 45 millones de UI (US$ 4,8 millones) o proyectos declarados de interés nacional en virtud de la Ley 16.906.

"Uruguay es un país de puertas abiertas con política migratoria que otorga un marco de seguridad pública, jurídica y económica para todas las personas extranjeras que deseen radicarse", dice el decreto oficial. En otro pasaje añade que se "impulsa una política de estímulo a la inversión como instrumento idóneo para la generación de empleo y mejora del bienestar general, que que puedan instalase en Uruguay todos los extranjeros que deseen elegir el país como destinos de proyectos personales y económicos". 

Por otro lado, el presidente Luis Lacalle Pou también enviará al Parlamento un proyecto de ley con modificaciones tributarias para quienes tengan la residencia fiscal, ampliando la exoneración del impuesto a la renta que generen en el exterior esos contribuyentes. El texto que ingresará al Poder Legislativo elevará el plazo de 5 a 10 años de quienes tributan el Impuesto a la Renta de los no Residentes (IRNR) del 12%. Además, habilita la posibilidad de que quienes configuren la residencia fiscal, puedan optar (en lugar del IRNR) por tributar el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) a una tasa fija del 7%. 

Expertos consideraron positivos los cambios

Los tributarias valoraron los incentivos tributarios que anunció la administración de Lacalle para alentar la llegada de extranjeros y capitales al país, aunque también se generan algunas dudas. 

El socio de la firma FBM Advisory, Fabián Birnbaum, dijo a El Observador que la flexibilización para acceder a la residencia fiscal va ser un “facilitador” pero no le va quitar los problemas que pueden tener, por ejemplo, los argentinos de perder su ciudadanía en su país de origen. “Eso implica ya irse del país y abarca una cuestión que va más allá de lo tributario porque involucra aspectos más familiares”, explicó el experto. 

Por otro lado, Birnbaum dijo que el proyecto de ley que eleva la exoneración de IRNR a 10 años o da la opción de tributar por IRPF es un instrumento “más seductor” y "atractivo" para que Uruguay se posicione como una plaza fuerte para que se instalen extranjeros. “Hay que ahora cuál es el efecto real de estas medidas, pero son positivas para atraer personas, capitales y empresas al país”, comentó. 

En una línea similar se expresó el socio de Tax & Legal de Deloitte, Juan Bonet, que consideró positivo de reducir el monto para obtener la residencia porque también puede permitir el ingreso de inversores a sociedades uruguayas de forma “más flexible”. 

“De todas maneras debe tenerse en consideración que la lógica de atracción de residentes debe estar unida a que el fisco del otro país permita la salida o la baja de la residencia fiscal”, alertó. Por ese motivo, consideró que el círculo se debería cerrar con algún entendimiento de país a país o con la flexibilización del concepto de residencia uruguaya en la parte migratoria. Bonet precisó que la residencia fiscal y residencia migratoria son dos conceptos separados e independientes en la normativa uruguaya.  

Respecto al proyecto de ley (aún no oficial) para reducir el IRNR, el experto indicó que lo que prevé es aumentar el plazo para que los extranjeros tengan un mecanismo de aterrizaje suave (soft landing). El socio de Deloitte consideró que esto es “una buena noticia para que el factor fiscal respecto de la tributación por colocaciones fuera de Uruguay “no sea el driver de la persona para venir o no a Uruguay”.

Bonet dijo que este tipo de regímenes va en la línea con los países OCDE que tienen un plazo para opciones tributarias similares. Por ejemplo, para rentas de trabajo, España tiene desde el 2004 la ley de impatriados o Ley Beckham que permite a empleados tributar el IRNR español a pesar de ser fiscalmente residente. 

 

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