Economía y Empresas > LA CITY

Guía para la temporada de liquidación de impuestos

Guía para la temporada de liquidación de impuestos
Tiempo de lectura: -'
23 de mayo de 2023 a las 12:41

Uruguay grava la tenencia de activos alocados en nuestro país cuyos titulares sean personas físicas, mediante el Impuesto al Patrimonio (IP). 

El impuesto grava la tenencia de inmuebles, los créditos de todo tipo, vehículos, y un ficto por los bienes que integran el ajuar. El ajuar incluye todos los bienes que se encuentran en una casa habitación por ejemplo obras de arte, colecciones, documentos y libros. La normativa dispone muy pocos pasivos que se pueden deducir de los activos, básicamente se admiten solamente pasivos financieros con instituciones bancarias de nuestro país.

Existe un mínimo no imponible, por lo cual sólo corresponde abonar el impuesto si el patrimonio al 31 de diciembre de cada año supera dicho monto. Para el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2022 el mínimo no imponible se fijó en $ 5.831.000 (aproximadamente USD 145.500). Aquellas personas que estén casadas y vivan conjuntamente al 31 de diciembre podrán liquidar el impuesto como núcleo familiar, duplicándose el mínimo no imponible mencionado. Se deben considerar para el cálculo los bienes individuales, así como los bienes gananciales.

Algunas consideraciones prácticas a tener en cuenta:

CONTENIDO EXCLUSIVO Member

Esta nota es exclusiva para suscriptores.

Accedé ahora y sin límites a toda la información.

¿Ya sos suscriptor?
iniciá sesión aquí

Comentarios

Registrate gratis y seguí navegando.

¿Ya estás registrado? iniciá sesión aquí.

Pasá de informarte a formar tu opinión.

Suscribite desde US$ 345 / mes

Elegí tu plan

Estás por alcanzar el límite de notas.

Suscribite ahora a

Te quedan 3 notas gratuitas.

Accedé ilimitado desde US$ 345 / mes

Esta es tu última nota gratuita.

Se parte de desde US$ 345 / mes

Alcanzaste el límite de notas gratuitas.

Elegí tu plan y accedé sin límites.

Ver planes

Contenido exclusivo de

Sé parte, pasá de informarte a formar tu opinión.

Si ya sos suscriptor Member, iniciá sesión acá

Cargando...