El Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 1o Turno revocó una sentencia de primera instancia por la que se procesó con prisión por atentado violento al pudor a un hombre. La Fiscalía no había pedido la prisión preventiva pero luego argumentó a su favor cuando la defensa del hombre apeló la medida. El tribunal afirmó que cuando se definió no se le otorgó "la oportunidad de pronunciarse".
De acuerdo a la sentencia firmada por los tres ministros, inicialmente la Fiscalía "se manifestó contundente en solicitar el 'procesamiento sin prisión bajo la referida imputación, con expresa prohibición de acercamiento y comunicación por cualquier medio, con la víctima por el término de 180 días". Pero luego, hubo una "modificación oficiosa" –del que no se dio vista a la defensa– lo que "constituye a todas luces, una flagrante infracción al principio de congruencia".
No están permitidas las decisiones que "se traduzcan un perjuicio material de relieve para el justiciable" cuando no corresponden, señalaron. Cuando la Justicia determinó el cambio "la Defensa ya estaba procesalmente impedida de conocerla y oponerse a ella", resaltaron luego.
La fiscal Claudia Altez justificó por escrito ante el tribunal que la medida cautelar a imponerse debía ser la prisión porque "el imputado podría obstaculizar el procedimiento en tanto resta prueba por diligenciar, como recabar declaraciones testimoniales", cuando inicialmente no lo había pedido.
Pese a que, para su trámite en el tribunal, la fiscal tuvo que justificar por qué pedía la prisión preventiva, según los ministros Graciela Gatti, Alberto Reyes y el redactor Sergio Torres, esto fue tardío y "a marchas forzadas" lo que "parece ser la demostración más palmaria de su inexistencia", sostuvieron refiriéndose a los riesgos necesarios para imponer la prisión.
El hombre está imputado por haber abusado de su hijastra desde que tuvo cinco años de edad hasta sus 11 años (2016), cuando la niña contó la situación en la escuela. La pena mínima de prisión, si se lo hallara culpable, es de seis años.
En el recurso de apelación interpuesto por la defensa, también se reclamaron cuestiones relativas al diligenciamiento de la prueba, pero el tribunal lo rechazó.
Las garantías procesales y el fantasma de Operación Océano
En diferentes instancias, la Asociación de Abogados Penalistas ha reclamado a la Fiscalía –de una forma u otra– mejorar las condiciones para que no se vulnere el derecho a la defensa. Uno de los últimos reclamos que el fiscal de Corte Juan Gómez se ha comprometido a abordar es la demora para acceder a las carpetas investigativas y documentación.
Además, este tema se ha colado en la agenda pública desde la irrupción de la Operación Océano, donde errores del equipo fiscal –las omisiones de archivos, de testimonios y otros elementos– generaron quejas y pedidos de investigaciones administrativas por parte de los abogados defensores. De hecho, el fiscal Gómez se comprometió a iniciarle una investigación a la exfiscal del caso, Darviña Viera, una vez se reintegre de su licencia médica.
Aclaración: una versión inicial de esta nota afirmaba que la fiscal Altez decidió cambiar su solicitud de medidas cautelares previo a la decisión de la Justicia en primera instancia. No fue así, si no que decidió no apelar la decisión del juez de imponer la prisión y abogó a su favor de esa postura –que no había solicitado– en la instancia de la apelación, pero el tribunal lo descartó.