La Quinta Sala del Tribunal Superior del Trabajo de Brasil resolvió este miércoles que no hay relación laboral entre Uber y sus conductores, en un fallo sobre un juicio entre un chofer y la compañía.
El juez falló en contra de reconocer un vínculo empleador-empleado, argumentando que los conductores de Uber podrían desconectarse en cualquier momento de la aplicación y tener una horario de trabajo flexible.
Este fallo fue bien recibido por Uber, que había argumentado que su plataforma es un intermediario digital y no un empleador, y que los conductores aceptan esa condición cuando se registran. De hecho, en 2019 Uber advirtió que se opondría a cualquier cambio de estatus de sus conductores.
Brasil es el segundo mercado más grande para Uber después de Estados Unidos, y San Pablo es su principal ciudad por número de atracciones, incluso por delante de Nueva York. En Brasil, la empresa cuenta con más de 600.000 conductores registrados en más de 100 ciudades, y tiene más de 22 millones de usuarios.
El juez, Breno Medeiros, encontró que la flexibilidad de los conductores a la hora de decidir la cantidad de clientes que atienden cada día era "incompatible" con una relación empleador-empleado.
En un fallo inédito en Uruguay, en noviembre de 2019, la respuesta de la Justicia fue opuesta y condenó a Uber a pagar aguinaldo y salario vacacional a un trabajador.
Ante un reclamo laboral que el exconductor Esteban Quimada presentó a la Justicia, el Juzgado Letrado del Trabajo de la Capital de 6° Turno dictó una sentencia de primera instancia que señaló que tenía una "relación de trabajo subordinado con la empresa" y que por lo tanto no era un socio conductor.
"En efecto, esta ejerce el poder de dirección sobre los mismos impartiéndoles órdenes o directivas, ya sea mediante el envío de correos electrónicos (...), dándoles instrucciones de cómo cumplir el servicio, protocolos acerca del trato a brindar a clientes, condiciones de higiene que debe tener el vehículo y sugerencias para hacer más ameno el viaje", señala el fallo.
La jueza entendió que Uber tiene un actuar "típico de un patrón", porque sanciona al empleado (bloqueándolo de la aplicación cuando tiene algún incidente con el pasajero), y también le premia la productividad cuando está bien puntuado.
"Estímase parcialmente la demanda y en su mérito condénese a la parte demandada a abonarle al actor los rubros laborales individualizados", señala la sentencia a la que accedió El Observador.
Uber apeló esta decisión de la Justicia y en tres meses podría haber una sentencia definitiva.
Fuente: Con información de Reuters
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