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La Suprema Corte de Justicia es contraria a la ley que suspende libertades anticipadas

La norma determina que los delincuentes reincidentes no puedan obtener ese beneficio
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21 de diciembre de 2016 a las 05:00
El presidente de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), Ricardo Pérez Manrique, dijo a El Observador que el organismo judicial no cumplirá con el artículo que la obliga a aplicar inmediatamente la ley que suspende las libertades anticipadas desde el momento en que rige la norma.

La ley determina que delincuente reincidentes, reiterantes y habituales no puedan obtener ningún beneficio que les dé la libertad condicional o anticipada.

"La ley tiene un enigmático artículo 19 que dice que es de aplicación inmediata hasta que comience a regir el próximo Código del Proceso Penal en lo cual se mantendrá aquello que no sea contradictorio con el código", dijo Pérez Manrique, y explicó: "¿Qué quiere decir que una ley es de aplicación inmediata? Que se tiene que aplicar a los expedientes en trámite. Pero si estoy en la cárcel por dos rapiñas y el legislador me dice que debo aplicarla de forma inmediata, voy a tener que cumplir toda la condena cuando fui procesado, condenado y estoy cumpliendo la pena desde antes de aprobarse esta ley. Hay un tema de retroactividad de la ley que es un principio constitucional, ya que incide sobre mi libertad. La Corte resolvió en estas horas, por mayoría, que en esas condiciones va a ingresar a considerar las libertades anticipadas, más allá de si las concede o no, pero entiende que no puede regir una ley penal más gravosa en aquellos asuntos que están en trámite. Si hay libertades anticipadas, que son las que puede dar la Corte, se darán a pesar de lo que dice la nueva ley".

Las libertades condicionales quedarán a consideración de los magistrados.
"Si estoy procesado sin prisión o excarcelado por gracia, como el juicio sigue, un día me condenan y ahí para no volver a la cárcel tramito la condicional. Eso queda a criterio de los jueces ver lo que hacen. Pero si alguno la rechazara ahí se puede recurrir y si llega a la Corte, ésta repetirá su criterio de que la ley aprobada por el Parlamento no se puede aplicar de forma inmediata", dijo el magistrado.

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