La Comisión Disciplinaria de la Asociación Uruguaya de Fútbol (AUF) instruyó este lunes dos expedientes a Nacional vinculados con la disputa del clásico del domingo en el que los tricolores empataron 1-1 contra Peñarol en la reanudación del Campeonato Uruguayo suspendido en marzo debido a la pandemia de coronavirus.
El primer expediente fue instruido por el hecho ocurrido el sábado cuando un grupo de hinchas tricolores invadió el complejo de Los Céspedes en el que entrenaba el equipo lanzando fuegos artificiales y penetrando al campo de juego con paraguas y banderas.
El presidente de Nacional José Decurnex explicó el domingo en el Estadio Centenario que los hinchas entraron sin autorización del club, violando un portón y que el hecho duró apenas unos minutos hasta que fueron retirados por la propia seguridad de Nacional.
De todas formas, el episodio violó el protocolo sanitario que los clubes aprobaron el 23 de julio en el Congreso de la AUF que se llevó a cabo en el Radisson Victoria Plaza Hotel. Dicho protocolo remite al Código Disciplinario de la AUF y establece que en caso de ser violado expone a los equipos a las sanciones previstas en el artículo 14.
a) advertencia.
b) reprensión, amonestación o apercibimiento.
c) multa.
d) determinación de dar por terminado un partido y su resultado.
e) deducción de puntos.
f) cierre de hasta dos períodos de transferencias (nacional e internacional).
g) obligación de jugar como locatario a puerta cerrada, con un máximo de cinco partidos.
h) prohibición de jugar un número determinado de partidos en un estadio determinado, no pudiendo ser mayor de cinco.
i) descalificación de competiciones en curso y/o exclusión de futuras competiciones,
j) prohibición de acceder a próximos torneos internacionales de clubes en representación de los cupos otorgados a AUF en la temporada inmediata siguiente en la que se cometió la infracción.
k) prohibición de integrar la delegación oficial de las selecciones nacionales en cualquier tipo de torneo o partidos amistosos.
14.2 Las multas, que salvo previsión expresa podrán combinarse con cualquier otra sanción, nunca serán inferiores a 15 UR ni superiores a 300 UR.
Con el hecho protagonizado por los hinchas el sábado no terminó la cuestión. Porque este lunes, la comisión también instruyó un expediente por los fuegos artificiales lanzados el domingo desde la tribuna Olímpica, durante cinco minutos desde la salida de Nacional al campo de juego.
Dicha tribuna había sido decorada con un enorme decorado donde se leía la inscripción: "Decano 1 solo" con una bandera más abajo con el año de fundación del equipo, 1899.
¿Quién se encargó de esa tarea y de lanzar la pirotecnia? “Fueron funcionarios de una empresa que se encargó de todo. Estaban autorizados a entrar, identificados perfectamente. Entraron por lista, con cédula de identidad, con todo lo que se requería”, dijo el encargado de seguridad de la AUF, Rafael Peña, a Referí.
Sobre los fuegos artificiales que lanzaron dichas personas, Peña expresó: “Personalmente no soy partidario de este tipo de animación pero eso fue autorizado y debíamos cumplirlo”.
El integrante de la Mesa Ejecutiva, Aldo Gioia, reveló a Referí: “Se autorizó a Nacional y sobre el viernes lo pidió Peñarol. La AUF solicitó que las personas encargadas de eso debían ser de la empresa contratada”.
En su artículo 5.1 el Código Disciplinario es el que consagra la "responsabilidad objetiva de los clubes" por el comportamiento de sus hinchas, jugadores, oficiales y miembros y en el 5.2 se establece que "esta responsabilidad se extiende enunciativamente a todos los incidentes de cualquier naturaleza que implicaren alteración del normal desarrollo del espectáculo o se produjeren agresiones a árbitros, técnicos y demás funcionarios u oficiales, dirigentes, periodistas, funcionarios policiales o integrantes del público, o se destruyeren emblemas representativos de las instituciones o se produjeren daños a las instalaciones, o se invadiere o intentare invadir el terreno de juego, o lanzaren objetos de consideración, o bengalas u otro tipo de objeto pirotécnico (que no hayan sido previamente autorizados), encontrándose por ello expuestos a la imposición de las sanciones disciplinarias y cumplimiento de las órdenes e instrucciones que pudieran adoptarse por los órganos disciplinarios.
El hecho de que hayan sido "previamente autorizados" como surge de las declaraciones que recogió el lunes Referí de parte de Peña y Gioia seguramente determine que este caso sea archivado.
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