La Organización Internacional de Trabajo (OIT), incluyó a Uruguay en la llamada lista negra junto a otros 23 países, que en algún punto no respetan leyes y convenios laborales. Si bien no existen sanciones directas, integrar este grupo supone un golpe fuerte para la imagen del país en el exterior.
El criterio utilizado por la Comisión de Aplicación de Normas de OIT no distingue por categorías o por la gravedad de los problemas. Así el caso de Uruguay -relacionado con ley de Negociación Colectiva- entra en la misma bolsa donde hay otros países observados por violaciones graves a libertades sindicales y trabajo infantil, por ejemplo.
En la lista publicada este miércoles hay países como Etiopía, donde el tema central es la trata de niños para explotación sexual y el trabajo infantil. También hay países como Myanmar donde el motivo es el trabajo forzoso.
Otros casos incluidos en el listado son Honduras y Filipinas, observados por crímenes de dirigentes sindicales y violación de derechos. Lo que sigue es un resumen con los países incluidos en el listado y el motivo por el que la integran.
Turquía: Libertad sindical y protección del derecho de sindicación de trabajadores públicos y privados.
Etiopía: Trabajo infantil en menores de 14 años y trabajo peligroso en menores de 18 años. Trata de niños para empleo en el exterior, y dentro del país para servidumbre doméstica y explotación sexual con fines comerciales.
Iraq: Reclutamiento forzoso u obligatorio de niños para utilizarlos en conflictos armados. Ocupación de niños en las peores formas de trabajo infantil. Secuestro y venta de niñas para esclavitud sexual en cárceles improvisadas.
Libia: Igualdad de remuneración entre hombres y mujeres. Discriminación racial y étnica contra los trabajadores migrantes de África Subsahariana (incluidas las trabajadoras migrantes), y en particular para poner fin a las prácticas de trabajo forzoso.
Myanmar: Trabajo forzoso en zonas de conflicto así como para empresas públicas y privadas.
Nicaragua: Se solicita información al gobierno sobre los resultados de planes de política social y de otras medidas destinadas al mejoramiento del nivele de vida de la población, en especial mujeres, personas con discapacidad, pequeños productores que practican agricultura de subsistencia y comunidades indígenas.
Tayikistán: Brecha salarial de género, segregación ocupacional por motivos de género y discriminación. Bajos salarios en trabajadores agrícolas.
Uruguay: Convenio sobre derecho de sindicación y negociación colectiva. Promoción de negociación colectiva libre y voluntaria.
Yemen: Trabajo infantil, reclutamiento obligatorio y utilización de niños en conflictos armados. Dificultades de acceso a educación básica gratuita.
Zimbawe: Discriminación antisindical. Reforma y armonización de la legislación laboral. No se reconoce el derecho de negociación colectiva y se otorga poderes a la autoridad de las zonas económicas especiales (zonas francas) y al ministro para determinar las condiciones del trabajo.
Argelia: Problemas de libertad sindical y protección del derecho de sindicación. Dificultades para el registro formal de sindicatos
Bieloerrusia: Trabajo obligatorio impuesto por la legislación nacional a determinadas categorías de trabajadores y de personas. Sanciones económicas impuestas a desempleados.
Bolivia: Protección del salario de los trabajadores agrícolas indígenas y criterios para la fijación de salarios mínimos.
Brasil: Derecho de sindicación y de negociación colectiva vinculados a la reforma laboral impulsada por el gobierno del expresidente Michel Temer en 2017.
Cabo Verde: Se solicita al gobierno que adopte medidas para garantizar que ningún menor de 18 años, excepto en los casos excepcionales permitidos por un convenio, sea autorizado a realizar trabajos peligrosos. También se hacen observaciones sobre la utilización, reclutamiento y oferta de menores de 18 años para la prostitución y producción de pornografía.
Egipto: Se solicita bajar el requisito mínimo para constituir un sindicato a nivel de empresa, establecido en 150 trabajadores, a fin de garantizar los derechos de los trabajadores a constituir las organizaciones que estimen convenientes y a afiliarse a ellas.
El Salvador: Se piden medidas necesarias para promover y reforzar el tripartismo y el diálogo social con miras a asegurar el funcionamiento del un consejo superior del trabajo.
Fiji: Falta de progresos en la revisión de la legislación laboral para armonizarla con convenios sobre libertad sindical y protección de derechos de sindicación.
Honduras: Crímenes antisindicales, incluyendo numerosos homicidios, amenazas de muerte y secuestro de dirigentes sindicales, ocurridos desde el año 2010.
India: Falta de acciones para implementar inspecciones de trabajo eficaces en zonas económicas especiales.
Kazajistán: Presunta paliza a dirigente sindical, dificultades para el registro de sindicatos y derecho a libre afiliación de los trabajadores.
Laos: Se pide al gobierno que adopte medidas efectivas para proteger a los niños de convertirse en víctimas de explotación sexual comercial en el sector turismo.
Filipinas: Asesinato de dirigentes, violación de derechos sindicales y arrestos durante el curso de acciones de huelga pacíficas.
Serbia: Se pide al gobierno que suprima las restricciones y limitaciones impuestas a los inspectores de trabajo a fin de autorizar su ingreso en todo establecimiento sujeto a controles.
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