Los 11,7 millones de vacunos que conforman el rodeo nacional deberán ser vacunados contra la fiebre aftosa a partir del 15 de marzo y antes del 15 de abril de este año, informó el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP).
Esa gestión sanitaria, con el propósito de sostener el control epidemiológico de esa enfermedad, es considerada clave para mantener un estatus sanitario óptimo que distingue a Uruguay en los mercados internacionales y permite el acceso a prácticamente todos los mercados cárnicos existentes.
La dosificación se reanudó a inicios de este siglo, tras el último brote de fiebre aftosa que hubo en la región y en el país, que generó graves perjuicios productivos y económicos, lo que permitió que Uruguay rápidamente alcance el estatus de país libre de fiebre aftosa con vacunación, lo que generó un paulatino recupero de los accesos a los mercados cárnicos.
La vacunación es obligatoria y se prohíbe, para que la campaña sanitaria sea óptima, la realización de eventos de concentración de bovinos (tales como remates feria y exposiciones) en el período comprendido entre el 15 y el 25 de marzo.
Sí se permitirán actividades con cambio de propiedad que no impliquen movimiento de animales (remates por pantalla o virtuales) dentro del período comprendido entre el 15 de marzo y el 25 de marzo.
Los bovinos destinados a la faena podrán ser movilizados durante el período actual de vacunación, siempre y cuando cuenten con las vacunas de los dos períodos anteriores.
A partir del 16 de abril de 2024, para remitirlos a faena deberán haber sido inmunizados con la vacuna correspondiente al presente período de vacunación durante al menos 10 días.
La vacuna para el período en consideración será proporcionada por el ministerio (se ocupa de cubrir ese costo cada año) entregada al titular con un formulario de entrega de vacunas, previa presentación de la Declaración Jurada de existencias de DICOSE al 30 de junio de 2023 y una planilla de registro de utilización de productos veterinarios (planilla de control sanitario) actualizada.
La estrategia de distribución de vacuna será dispuesta por los Servicios Ganaderos Departamentales y las Comisiones Departamentales de Salud Animal (CODESA), que además serán quienes determinarán los predios que serán declarados para efectuar una vigilancia prioritaria –el listado de estos predios será comunicado antes del 8 de marzo–.
El control directo de la vacunación será llevado a cabo por el servicio oficial zonal o local, o por quien este designe, en coordinación con las CODESA.
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