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Poder Judicial deberá pagar $ 6,4 millones a enfermero acusado de matar pacientes

Estuvo tres años preso por un delito que no pudo ser probado
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14 de febrero de 2018 a las 16:32

Un juzgado de lo Contencioso Administrativo condenó al Poder Judicial a pagar $ 6.450.000 por daño moral a uno de los enfermeros de una mutualista y de un centro asistencial de ASSE, acusados de matar a una decena de pacientes terminales mediante el suministro de medicación no indicada, según informó El País y confirmó El Observador. El hombre estuvo preso tres años por esa acusación.

Según dijo a El País el abogado de uno de los enfermeros, Marcelo Teske, la Justicia sentenció al Poder Judicial a que pagara el equivalente a tres años de sueldos que percibía en ambas instituciones. Además, la Suprema Corte deberá pagar US$ 25 mil por los honorarios del abogado.

La acusación contra él y otro compañero se hizo en 2012, pero un Tribunal de Apelaciones los absolvió.

La demanda elaborada por Teske pidió que se condenara al Poder Judicial a pagar US$ 386 mil por concepto de prisión indebida; US$ 773.104 por daño moral; US$ 797.385 de lucro cesante y de honorarios profesionales US$ 70.000 más IVA. De esta forma la demanda ascendía a un monto total de más de US$ 2 millones.

El caso

El 17 de marzo de 2012 en Uruguay se produjo una noticia que recorrió el mundo: dos enfermeros fueron enviados a la cárcel acusados de matar a 15 pacientes en el Hospital Maciel y en la Asociación Española al suministrarles medicación no indicada. Los imputados confesaron en la Policía y en el juzgado. Junto con ellos fue procesada por encubrimiento una enfermera.

Los enjuiciamientos dieron inicio a un proceso muy complejo y extenso donde, finalmente, las pericias forenses concluyeron que no había pruebas de los homicidios. El 16 de julio de 2013 el fiscal Gilberto Rodríguez solicitó que Acevedo y Pereira fueran condenados a 14 y 16 años de prisión respectivamente por homicidios en grado de tentativa.

Sin embargo, el 25 de febrero de 2015 la jueza Dolores Sánchez desestimó la acusación de Rodríguez y absolvió a Pereira y Acevedo, que recuperaron la libertad luego de que se concluyera que la imputación contra ellos se basó en un "rumor".

"Nadie los vio efectuar ningún procedimiento inusual, ni dar muerte a paciente alguno, ni en el Hospital Maciel ni en la Asociación Española se notó un aumento significativo de muertes en los CTI donde estos trabajaban", sostuvo la magistrada.

"Ya afirmemos que sea fama o rumor (para mi solo un rumor) lo que surgió del Hospital Maciel y que se le imputó a (uno de los enfermeros) los testimonios examinados al respecto, solo prueban eso: el rumor o la fama, no el hecho en sí mismo", argumentó Sánchez en la sentencia absolutoria dictada en febrero de 2015 y que determinó la liberación de los enfermeros.

Para la magistrada "los encausados no han cometido ilícito alguno" y por eso corresponde absolver a ambos enfermeros procesados y a la enfermera que fue señalada como cómplice, ya que no se pudo encubrir un delito no probado.

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