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Qué dice el protocolo para testigos protegidos que aprobó la Justicia

Quienes ingresan al programa reciben apoyo del Estado para su "relocalización (...) en el territorio nacional o en el extranjero", tanto para el afectado como para su familia, entre otras medidas
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15 de octubre de 2020 a las 05:02

Asumir otro nombre, tramitar nuevos documentos, mudarse a otra ciudad, mandar a otro colegio a los hijos. Esos grandes cambios que deben enfrentar las personas que fueron testigos de grandes delitos y deben declarar por eso ante la Justicia no solo se ven en la películas. Hay uruguayos que pasan por ese proceso, y forman parte del Programa de Protección Especial para Víctimas y Testigos de Delitos, que está a cargo de la Fiscalía General de la Nación desde noviembre de 2017, cuando comenzó a funcionar el actual Código del Proceso Penal (CPP).

Las normas que lo regulan, las características que deben presentar los testigos, así como los pasos que deben dar para obtener la protección estatal quedaron plasmados en un protocolo aprobado el 8 de octubre, y que está disponible en la página web del Poder Judicial.

El documento –elaborado en conjunto entre la Suprema Corte de Justicia y el Ministerio Público– "estableció por escrito" lo que en la práctica ya se venía haciendo en los últimos tres años, según dijeron a El Observador fuentes de la Corte.

Quienes ingresan al programa reciben apoyo del Estado para su "relocalización (...) en el territorio nacional o en el extranjero", tanto para el afectado como para su propia familia. Asimismo, el protocolo indica que se les presta "apoyo para reinsertarse laboralmente", además de "servicios y prestaciones socioeconómica" y atención en salud.

Se aclara que las personas incluidas en el programa no pueden usar su celular ni redes sociales.

La resolución también discrimina los dos tipos de testigo que reconoce la ley nacional. Los que ingresan directamente al programa, y reciben las medidas de protección anteriormente mencionadas, y los que son identificados como "intimidados", a quienes solo se les brinda protección de su anonimato cuando van a declarar contra indagados.

El espacio y la tecnología

Para garantizar la declaración de los testigos protegidos, el Poder Judicial debió desarrollar la tecnología necesaria que permitió que éstos pudieran participar de las audiencias en forma virtual o remota, y con la voz distorsionada para mantener su anonimato. Esa tecnología le permite al testigo ver lo que ocurre en la audiencia mediante una computadora a través del sistema Audire (por el que también se graba el audio de las audiencias), mientras que a él no pueden verlo desde la otra habitación, sino solo escuchar su voz distorsionada.

Las salas donde se realizan esas audiencias permiten el ingreso de los testigos sin que tengan "que dar respuestas y explicaciones". Además, las salas están identificadas con el número 1 y 2, pero esa identificación va alternando "para brindar mayor seguridad".

Incluso los funcionarios judiciales que se encargan de las tareas administrativas, como por ejemplo fijar fecha para las audiencias, deben firmar un acuerdo de confidencialidad.

En el interior, en tanto, no hay espacios adecuados para tal fin, pero igual está determinado que los testigos puedan dar declaraciones en otros lugares en forma remota, con el debido asesoramiento y protección, y condiciones particulares: baño cercano, baja o nula circulación de personas, accesibilidad para personas discapacitadas, personal a cargo entrenado en la situación, entre otras.

También está definido que en todas las instancias judiciales por las que los testigos tengan que pasar, estas personas puedan estar acompañadas por un equipo técnico de la Unidad de Víctimas de la Fiscalía, que actualmente es dirigida por Mariela Solari.

 

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