6 de marzo de 2013 17:11 hs

El Poder Ejecutivo emitió un decreto con el que fue reglamentada la ley número 18.840, que establece la obligatoriedad de conexión a la red pública de saneamiento, informó la Intendencia de Montevideo (IMM) en su portal.

Con esta normativa, la obligatoriedad rige para los propietarios y promitentes compradores de inmuebles con red pública.

Además, la ley indica que cuando se trate de edificaciones construidas en terrenos con frente a la red pública de saneamiento existente, el plazo para la conexión será de un año.

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La obligación de conexión quedará cumplida cuando la totalidad de las aguas residuales que genere el inmueble se vierta a la red. En las obras de sanitaria interna se deberá prever la idoneidad para esa conexión.

También se establece que las personas en situación de vulnerabilidad podrán acceder a subsidios estatales, otorgados por la IMM y la Administración de las Obras Sanitarias del Estado (OSE) para concretar las obras internas en sus viviendas que permitan la conexión.

Además, la ley incluye multas para quienes no cumplan con sus disposiciones.

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