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Hasta dos años de prisión por visitar a los padres, el decreto que rige en Argentina

Las normas de la cuarentena prorrogada hasta el 16 de agosto aplican artículos del Código Penal para obligar a su cumplimiento
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03 de agosto de 2020 a las 14:10

Argentina comenzó este lunes la nueva fase de cuarentena anunciada el viernes 31 de julio y que se prolongará hasta el 16 de agosto: durante estas dos semanas quedaron prohibidas las reuniones sociales en todo el país.

El decreto respectivo fue publicado el domingo en la noche en el boletín oficial. En los anuncios del viernes, el presidente Alberto Fernández, acompañado por el gobernador de la provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof, y el jefe de gobierno de la ciudad de Buenos Aires, Horacio Rodríguez Larreta, expresó su preocupación por las reuniones sociales que fueron señaladas como los principales focos de contagio del coronavirus.

El decreto, cuestionado por sectores de oposición que advierten sobre la limitación de las libertades individuales, establece drásticas sanciones a quienes incumplan sus disposiciones, en particular en lo relativo a la realización de reuniones familiares. 

Las penas se desprenden de los artículos 205 y 239 del Código Penal, según señala Infobae.

El 205 forma parte del capítulo referido a los delitos contra la salud pública y dice que "será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes para impedir la introducción o propagación de una epidemia".

El artículo 239 se incluye en el aparte sobre los Delitos contra la administración pública. "Será reprimido con prisión de quince días a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal".

Infobae consultó al abogado constitucionalista Daniel Sabsay, quien advirtió que no se puede legislar cuestiones penales a través de Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU), como es el caso. "Y mucho menos con analogías. No se puede decir que esto es parecido a otra cosa y asignarlo a un delito del Código Penal", que es lo que estaría ocurriendo con los artículos 205 y 239 citados.

Sabsay comentó que "solo los monarcas absolutistas se arrogaban poderes absolutos en virtud de la satisfacción del pueblo. En democracia, quien lo hace sabe muy poco de democracia".

La secretaria de Acceso a la Salud, Carla Vizzotti, advirtió, antes del decreto, que las reuniones sociales que se realizaban tanto en lugares donde estaban autorizadas como en aquellos donde no lo estaban incrementaban el riesgo del contagio porque la gente suele desatender los cuidados, como usar el tapabocas, el lavado de manos, la distancia de dos metros o mantener ventilados los ambientes.

Incluso las regiones que están en fase 5, de mayor avance, con actividades en marcha, como San Luis, Mendoza, Salta o varios municipios de Buenos Aires, deberán volver a prohibir las reuniones sociales.

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