31 de octubre 2017 - 18:22hs

Si bien El Observador consultó al presidente de la Suprema Corte de Justicia, Jorge Chediak, sobre el tema y -con la información del expediente-, el jerarca dijo que debió informarse del proceso, el vocero del Poder Judicial, Raúl Oxandabarat, aclaró que hacía referencia a un proceso penal y no a un proceso de Familia.

"En este caso no se inició un proceso penal sino un proceso de Familia, con una orden de restricción que el juez cumplió, por lo tanto no tuvo mayores consecuencias", explicó el vocero. Como resultado el ascenso de Cidade no se ve afectado, agregó.
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Según el expediente judicial al que accedió El Observador, el 20 de octubre de 2016 la jueza letrada de Salto de tercer turno, Raquel Gini, concluyó "que se ha verificado hipótesis de violencia doméstica (...) esto es ejercicio de violencia verbal, psicológica y emocional del señor Cidade en perjuicio de" su expareja.

La jueza además le impuso medidas cautelares y le prohibió comunicarse y acercarse al domicilio de la mujer "bajo apercibimiento legal". La medida fue impuesta por un plazo de 120 días, que el juez cumplió, y finalmente el 21 de febrero la causa fue archivada.

Cidade dijo a El Observador que la denuncia fue exagerada y que fue "víctima del sistema". El juez explicó que luego de que tuvo "una diferencia verbal" con la pareja de su exesposa en el domicilio donde también viven sus hijos, ella lo denunció y a pesar de que no tenía fundamento la denuncia, fue considerado culpable.

En su opinión, la jueza Gini asumió como válido lo que planteaba la denuncia y no lo dejó defenderse. "La palabra de la mujer es la que cuenta, el hombre no tiene garantías", afirmó en relación a las denuncias de violencia doméstica.
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