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Subsidian el 50% de los alquileres con garantía de la Contaduría a trabajadores en seguro de paro

La medida abarca a los trabajadores del sector privado arrendatarios que se encuentren en la actualidad amparados por el subsidio por desempleo total
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25 de mayo de 2020 a las 14:50

Un mes después del anuncio realizado por el presidente de la República, Luis Lacalle Pou, el Poder Ejecutivo finalmente emitió el jueves 21 un decreto que beneficia a trabajadores de la actividad privada que se encuentran en el seguro de desempleo con un subsidio del 50% (no reembolsable) en el pago de alquileres que cuenten con garantía de la Contaduría General de la Nación (CGN). 

Entre marzo, abril y mayo se presentaron 169.136 solicitudes de subsidio por desempleo en todo el país, dentro de los que se incluye el seguro parcial (no está incluidos en la medida) que implicó una flexibilización para el acceso al subsidio de aquellos trabajadores mensuales que vieron reducida su jornada laboral en horas o días. 

Según consta en la página de la CGN, son alrededor de unas 300 empresas las que mantienen convenio con la institución, que deben retener a sus funcionarios el importe del alquiler más el de la comisión mes a mes.

Según el decreto firmado por el presidente, la ministra de Economía, Azucena Arbeleche y el de Trabajo, Pablo Mieres, los fondos para financiar dichos subsidios provendrán del Fondo Solidario Covid-19, creado por el gobierno para atender las necesidades económicas que tiene el país a raíz de la emergencia sanitaria instalada el 13 de marzo.

A su vez, se aclara que el aporte será parcial y temporario, con duración mientras el trabajador esté amparado por el subsidio de desempleo, cesando en el momento que deje de percibir dicha prestación.

Otras medidas 

Por su parte, el Banco Hipotecario del Uruguay informó este lunes la reducción del 50% de las cuotas correspondientes a pagar en los meses de abril y mayo para todos los clientes con créditos hipotecarios o promesas de compraventa vigentes. A su vez, se extendió el vencimiento de las cuotas para el 30 de abril y el 31 de mayo

"El 50% restante de las cuotas de ambos meses se hará exigible luego del pago de la última cuota del préstamo y no se le adicionarán intereses", expresó en un comunicado la institución. 

En relación a los vencimientos para junio, la reducción será de un 25% a diferirse y el 75% de la cuota tendrá como último día de pago el próximo 22 de junio. Dicho 25% pendiente se "hará exigible luego del pago de la última cuota del préstamo" sin adición de intereses, se informó. 

En tanto, quienes opten por el pago total de la cuota deberán completar un formulario por cada uno de los meses que opten por pagar el total de la cuota.

 

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