La Superintendencia de Servicios Financieros (SSF) presentó un nuevo proyecto normativo que establece un marco regulatorio para los proveedores de servicios de activos virtuales en Uruguay. Este proyecto busca incorporar a las entidades que prestan servicios financieros relacionados con activos virtuales en el espectro de instituciones reguladas y supervisadas por el Banco Central del Uruguay (BCU), conforme a la Ley N°20.345, promulgada en setiembre de 2024.
Lo que importa
-
El proyecto establece la regulación de los proveedores de servicios de activos virtuales financieros (PSAVF) y no financieros (PSAVNF).
Para los PSAVF, se regulan actividades como el intercambio de activos virtuales, la transferencia, y la custodia de los mismos, con un enfoque en la prevención de delitos como el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo.
En cuanto a los PSAVNF, se establece un marco similar, pero con un foco exclusivo en la prevención de ilícitos financieros.
La propuesta también incluye la definición de activos virtuales financieros, detallando sus características, y establece un régimen sancionatorio en caso de incumplimiento de las normas.
-
Los comentarios sobre el proyecto podrán enviarse hasta el 19 de setiembre de 2025, y la SSF espera que las instituciones supervisadas y el público en general aporten a la mejora de la normativa.
Contexto
¿Qué es un proveedor de servicios de activos virtuales financieros (PSAVF)?
Se considera PSAVF a aquellas personas jurídicas que, de manera habitual y profesional, presten servicios relacionados con activos virtuales financieros, como intercambio entre monedas fiduciarias y activos virtuales, custodia, transferencia, entre otros. La propuesta regula este sector con el fin de proteger al consumidor y prevenir delitos financieros.
¿Cuál es el enfoque regulador para los PSAVF?
El enfoque se centra en garantizar la seguridad tecnológica de los sistemas operativos, asegurar la recuperación rápida ante incidentes, y mantener la confianza de los consumidores. Además, establece normas de transparencia, buenas prácticas de gobierno corporativo y un régimen sancionatorio en caso de violaciones.
¿Qué distingue a los PSAVNF?
Los PSAVNF se refieren a aquellos proveedores que gestionan activos virtuales no financieros, es decir, aquellos que no cumplen con la definición de activos virtuales financieros. Aunque su regulación no abarca los mismos aspectos de protección al consumidor, sí se enfoca en la prevención de delitos financieros, como el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo.
Cómo sigue
El proyecto normativo estará abierto a comentarios hasta el 19 de septiembre de 2025. La SSF invita a instituciones supervisadas y al público en general a participar en el proceso de consulta pública, proporcionando sus observaciones a través del correo electrónico habilitado para tal fin ([email protected]). Los comentarios serán analizados, y se publicará un resumen con el análisis de las opiniones recibidas una vez emitida la norma.
Es relevante destacar que este proyecto podría sufrir modificaciones en el futuro, debido a un Anteproyecto de Ley remitido al Ministerio de Economía y Finanzas por el BCU, que propone ajustes al perímetro regulatorio. En caso de cambios legales, el proyecto se someterá nuevamente a consulta pública, asegurando así que el marco regulatorio se ajuste a las nuevas necesidades del sector.