26 de junio de 2026 5:00 hs

Desde hoy, los beneficiarios encontrarán un formulario con información precargada por Dirección General Impositiva (DGI) a partir de los datos aportados por empleadores, instituciones y otros organismos. Ese cambio se introdujo para esta campaña.

Los trabajadores dependientes podrán confirmar o modificar los datos, mientras que los independientes deberán completar los ingresos y verificar pagos y retenciones por su actividad.

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Ante esta modificación, el Colegio de Contadores, Economistas y Administradores del Uruguay (Cceau) advirtió que muchas personas podrían perder devoluciones o deducciones al confirmar la declaración sin verificar que toda la información esté correctamente reflejada.

El Colegio señaló que muchos contribuyentes creen que la declaración jurada solo corresponde a empresas, pero también puede alcanzar a trabajadores dependientes, independientes y personas físicas que obtienen determinadas rentas de capital.

Según la institución, hay tres principales beneficios que los contribuyentes suelen perder por desconocimiento.

  • Crédito por alquiler de vivienda permanente: quienes alquilaron una vivienda permanente durante 2025 pueden acceder, si cumplen con los requisitos legales, a un crédito equivalente al 8% del alquiler anual pagado durante un año.
  • Deducciones por hijos o personas a cargo: pueden computarse deducciones por hijos menores, hijos con discapacidad y otras personas a cargo.
  • Préstamos hipotecarios para viviendas: también pueden corresponder beneficios vinculados a cuotas de préstamos hipotecarios para vivienda única y permanente, cooperativas de vivienda y otros programas habitacionales.

Desde el Colegio remarcaron que la información precargada es una herramienta útil, pero que no sustituye la revisión individual de cada situación.

“La principal recomendación es no confirmar automáticamente la declaración jurada con información precargada sin realizar una revisión previa”, señalaron, ya que “cada contribuyente puede tener situaciones particulares que inciden en la liquidación final del impuesto”.

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