“La esencia es ampliar el perímetro regulatorio y de control, con el objetivo de promover la canalización del ahorro de los uruguayos hacia inversiones productivas con mayor protección para el inversor minorista, sin sofocar la viabilidad o el crecimiento económico”, afirmó el presidente del BCU, Guillermo Tolosa, en la Comisión de Ganadería, Agricultura y Pesca del Senado.
En esa instancia, la entidad reguladora expuso en detalle los cambios que propone instrumentar y cuyo borrador de proyecto pasará a estudio del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), antes de ser enviado al legislativo.
El cambio principal que plantea el BCU
El punto principal del paquete de medidas prevé una modificación de la carta orgánica de la institución. Allí se establecerá que el BCU controlará y reglamentará a personas físicas y jurídicas, que independientemente de su giro comercial, convoquen a la inversión o reciban financiamiento del público en general mediante una operación financiera. Es decir, donde se promete una rentabilidad futura fija o variable –que no depende de las acciones del inversor sino de un tercero– a cambio de una inversión.
Tolosa explicó en el Parlamento que la diferencia está en que actualmente solo si el objeto de la empresa son las colocaciones financieras cae dentro del perímetro del banco. Con el cambio que se propone, las operaciones financieras, "aún de empresas de giro real pasarían a ser parte del perímetro", y se captaría a las empresas de los “mal llamados fondos ganaderos”.
“Protección para el inversor”
Una vez que estas empresas queden dentro del perímetro regulatorio del BCU, los futuros inversores pasarían a quedar amparados por las protecciones que hoy existen para quienes invierten en el mercado formal de valores.
La presentación de información financiera de la empresa es uno los requisitos sobresalientes, y con ello se intenta “dejar claro” el riesgo del negocio.
“Este esquema tiene una lógica clara: garantizar a los inversores información suficiente, oportuna y confiable para tomar decisiones conscientes o acudir a asesoramiento especializado. Así como, por ejemplo, en la salud se legisló para obligar a informar sobre la composición nutricional de los alimentos o en los cigarrillos figuran los perjuicios del tabaquismo, en el sistema financiero cuando hay ahorro público de por medio también se debe presentar información pertinente para la adecuada evaluación de quien, en este caso, invierte su dinero”, afirmó Tolosa según la versión taquigráfica a la que accedió El Observador.
A eso se suman otros requisitos que tienen por objetivo reducir el riesgo de fraude, mediante auditorías de control realizadas por terceros habilitados y supervisados por el regulador. Esto supone asegurar que si alguien pone dinero para una inversión, efectivamente esos fondos se apliquen a los activos esperados, y que la información que se provee al inversor “no sea un invento de la empresa”, se explicó.
Otra pata es la educación financiera y la diversificación del portafolio de inversión. El banco prevé “fortalecer los mecanismos de advertencia” y “reimpulsar la educación financiera orientada a inversores”.
“Mensajes engañosos” y sanciones económicas
La reforma planteada también otorgará al BCU la facultad para intervenir en la publicidad de quienes convoquen al ahorro público para la realización de operaciones financieras. Esto con el objetivo de “evitar que mensajes engañosos o confusos lleguen a un público no especializado”, dijo Tolosa.
Además, se propone reforzar la potestad de la Superintendencia de Servicios Financieros para realizar inspecciones, “incluso, sobre actores no registrados cuando exista algún indicio de que están realizando una actividad que debería estar bajo su control, como, por ejemplo, estar captando inversión del público sin cumplir con los requisitos reglamentarios”, señaló el economista Tolosa.
En ese sentido, explicó, se habilita la instrucción del cese inmediato de actividades, así como de la captación de nuevos fondos o de la difusión de campañas publicitarias, “contemplando al mismo tiempo la posibilidad de que se cumplan los contratos ya asumidos para evitar perjuicios innecesarios a los inversores actuales”.
Frente a incumplimientos, el BCU podría aplicar sanciones económicas de hasta $ 400 millones. “El objetivo de esa sanción no es solo disuadir, debería ser también la incorporación de componentes reparatorios para los damnificados”, dijo el economista.
“La rampa del despegue de las empresas uruguayas”
En otra parte de su presentación, Tolosa expresó que las reformas propuestas para evitar futuros fraudes también afectan a otros sectores y “deberán estar enmarcadas en una visión más genérica de un sistema financiero de futuro que apoye la necesidad del crecimiento del país”.
Para ello, dijo, “es vital el fortalecimiento de los vehículos financieros, para que se constituyan en una rampa de despegue” para el desarrollo de las empresas, y en donde “la gradualidad en la exigencia sea el rasgo central”.
Eso supone que “la arquitectura regulatoria y operativa debe ser escalonada y diseñada para facilitar el acceso progresivo al financiamiento empresarial en función de la madurez y el tamaño de cada unidad productiva”.
El titular del Central planteó que “la rampa del despegue” se organiza en tres fases principales y cada una permite formatos de financiamiento, tanto en deuda como en participación. Y que cuando las empresas están listas para el próximo nivel, los mecanismos de transición deberán tener "bajo costo de transacción y requisitos incrementales marginales de información".
Las tres fases
El esquema propone que la primera fase de financiamiento con el público de una empresa “debe ser el foco clave donde reforzar el marco normativo”.
En ese sentido, el economista recordó que hoy existen las plataformas de financiamiento colectivo –como crowdfunding– que ofrecen la emisión de instrumentos de deuda o participación bajo un esquema de bajo costo, con límites individuales de inversión para mitigar riesgos minoristas.
“Ahora nos proponemos reforzarlo con una nueva figura como los fideicomisos financieros de plataforma, vehículos que permiten canalizar recursos hacia actividades productivas específicas –por ejemplo, engorde de ganado–, de manera profesional pero accesible”, afirmó.
Por otro lado, informó que en el funcionamiento de startups, existirá la alternativa del llamado público a inversión con contratos flexibles, sin necesidad de emitir valores tradicionales, siempre que el financiamiento del público se limite a cierto umbral de las empresas y a agentes con capacidad técnica o patrimonial suficiente.
La segunda fase propone el acceso al mercado de valores, pero en régimen simplificado. Este régimen permite emisiones de hasta 100 millones de UI, con requerimientos reducidos de información y auditoría, sin exigir gobierno corporativo ni estructuras de cumplimiento complejas. También se propone habilitar fideicomisos financieros simplificados.
Y en una tercera fase de crecimiento de la empresa, aplicaría el régimen general que está diseñado para grandes emisores. “En este contexto, los fondos de inversión cerrados representan una herramienta clave que aún no se ha utilizado lo suficiente en el sector y en el país. (…) Pueden invertir directamente en activos reales de renta pasiva –como compra de inmuebles o engorde de ganado– o capitalizar productores a través de contratos. En ambos casos, permiten canalizar ahorro minorista hacia actividades productivas bajo un régimen regulado”, dijo Tolosa.