El Ministerio de Economía (MEF) elaboró un proyecto de ley con el objetivo de promover el ingreso de micro, pequeñas y medianas empresas al mercado de valores. Para incentivarlo propone una serie de modificaciones tributarias y dispuso la creación de una clase especial de fondos de inversión.
El proyecto marca que, por un lado la Comisión de Propuestas de Mercado de Valores señaló en diferentes informes el escaso desarrollo de los fondos de inversión en Uruguay y, por otra parte que las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) tienen dificultades de acceso al crédito. Agrega además que les resulta muy dificultoso llegar de manera directa al mercado de valores.
Según estimaciones de la comisión el crédito bancario a empresas está en el orden del 30% del Producto Interno Bruto (PIB) y de ese porcentaje solamente el 20% se destina a mipymes. Por tanto, esas empresas acceden a un 6% del PIB en financiamiento bancario.
La última Encuesta Nacional de Mipymes constató que únicamente el 27% de esas empresas obtuvo algún crédito. De ese total solamente el 8% señaló que no tuvo dificultades para obtenerlo. Eso marca, según el texto, que el crédito bancario es de muy difícil acceso para ese tipo de empresas.
Para subsanar esa dificultad el texto plantea la creación de una herramienta con el objetivo principal de permitir a las mipymes superar las debilidades que tienen para acceder al mercado de valores por diversos factores, ya sea por la poca formación de los dueños, la falta de información contable fehaciente y la carencia de garantías adecuadas.
Complementa que además accederán a créditos de largo plazo, podrán obtener flexibilización en el repago y verán acortado el período del otorgamiento del crédito.
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El equipo del MEF ya licitó en la semana importantes sumas en UI y en UP
Camilo dos Santos
Con esa finalidad el MEF propone la creación de los Fondos de Inversión Cerrados Promovidos.
“Si bien el sistema propuesto incluye tratamientos fiscales beneficios, se estima que no generará pérdidas de recaudación de significación, sino por el contrario, al permitir un crecimiento sustentable del sector primario, a largo plazo los ingresos tributarios crecerán y serán más estables”, dice el proyecto.
Los Fondos de Inversión Cerrados Promovidos deberán tener cotización de las cuotapartes de capital en bolsas uruguayas; suscripción pública y adjudicación a prorrata cuando el proceso de adjudicación no sea la licitación y exista un exceso de demanda sobre el total de la emisión.
También se considerarán promovidos los fondos de inversión cerrados cuando los tenedores de la totalidad de las cuotapartes sean organismos internacionales de crédito que integre Uruguay, organismos estatales o fondos de ahorro previsional.
Se les otorga un sistema especial de pago de impuesto a la renta, designando a las sociedades administradoras como responsables de pago de obligaciones tributarias de terceros.
El documento expresa que a efectos que las pequeñas y medianas empresas puedan acceder a la financiación mediante este mecanismo será necesario que los pasivos que contraigan y los servicios de deuda sean deducibles en el Impuesto al Patrimonio (IP) y en el Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE).
Además se excluye a los fondos del grupo de entidades obligadas a atribuir rentas en el Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas (IRPF). También se les otorga el mismo tratamiento exoneratorio de IVA existen para los títulos públicos y privados, a las comisiones de compraventa de cuotapartes de fondos de inversión en general.