19 de julio 2024 - 9:26hs

Está previsto que este viernes renuncie el intendente de Artigas, Pablo Caram, y que lo suplante su sobrina, la exdiputada, Valentina Dos Santos.

Ambos fueron condenados por la Justicia en el marco de la investigación por las irregularidades en las horas extras en la intendencia, pero ninguna de las penas que les dieron incluyen la inhabilitación de ocupar cargos públicos. A simple vista, esto permite que Dos Santos asuma como intendenta –puesto que ya estaba "usurpando" según la acusación que hizo Fiscalía–.

Sin embargo, abogados constitucionalistas dicen que ella no puede ser intendenta porque tiene suspendido el ejercicio de la ciudadanía.

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El artículo 80° de la Constitución dice que la ciudadanía se suspende, entre otras situaciones: "Por sentencia que imponga pena de destierro, prisión, penitenciaría o inhabilitación para el ejercicio de derechos políticos durante el tiempo de la condena."

Tras un acuerdo con Fiscalía, a la exdiputada la condenaron por un delito de usurpación de funciones. En su pena, no recibió la inhabilitación a la persona a ocupar cargos públicos, pero sí fue condenada a prisión, por seis meses, más allá de que los cumplirá en régimen de libertad a prueba con tareas comunitarias.

Es ya por esa pena de prisión que la Constitución le suspende la ciudadanía a la exdiputada nacionalista.

"Es muy claro. No puede asumir. Está suspendido el ejercicio de la ciudadanía", dijo el abogado constitucionalista Martín Risso a El Observador. "Y si asume todo lo que haga será nulo", añadió.

El también constitucionalista Ruben Correa Freitas dijo que "no importa que no vayan a la cárcel, no tiene nada que ver". "Si está suspendida la ciudadanía no pueden asumir ningún cargo público", afirmó este jueves en Desayunos Informales (Canal 12).

Para Correa Freitas, si Dos Santos asume como intendenta "estaría cometiendo un delito", otra vez el de "usurpación de función pública".

"Sería más grave, sería reiteración. Es una hipótesis donde la pena de prisión efectiva se impondría", sostuvo.

En Desayunos Informales le preguntaron al constitucionalista sobre si suspende también la ciudadanía cuando no hay prisión efectiva, es decir, que la persona no va a la cárcel, como Dos Santos que cumplirá la pena en libertad a prueba.

"Es muy clara la Constitución. En caso de condenados con prisión automáticamente queda suspendida la ciudadanía", respondió.

"Si está suspendido de la ciudadanía no puede asumir un cargo público, ni cargo electivo, ni no electivo", dijo Correa Freitas.

El abogado constitucionalista señaló que la persona "está suspendida durante esa período". Es decir, Dos Santos no puede asumir ningún cargo público por seis meses. En el caso de su tío Pablo Caram, no podrá hacerlo por 14 meses, que es el tiempo de prisión que recibió como pena, aunque también los cumplirá en libertad a prueba con tareas comunitarias.

Antes de ser condenado, Caram ya había decidido que renunciaría a su cargo para dedicarse a la campaña electoral. Dos Santos dejó este martes a su banca en la Cámara de Diputados para asumir en su lugar. Al otro día fue condenada.

La exdiputada quedó implicada luego de que declarara la jefa de Recursos Humanos de la intendencia quien indicó que ella era una de las personas que le ordenaba poner horas extras a funcionarios sin justificación, según había informado el periodista Eduardo Preve en la red X.

La jerarca entregó audios y mensajes de la exdiputada en los que le ordenaba los pagos a funcionarios que habían conseguido votos para su lista del Partido Nacional.

El problema en la línea de sucesión

Como explica esta nota de El Observador, Caram asumió la intendencia por segunda vez consecutiva con una línea de suplentes clara: en primer lugar su sobrina Valentina Dos Santos, en segundo Luis Alberto Rodríguez, en tercero Elita Volpi y en cuarto Mario Predebon.

Además de Dos Santos, otra de las posibles sucesoras fue investigada por la justicia.

A la escribana Elita Volpi la indagaron por colaborar con una mujer de 63 años de Artigas que fue condenada por varios delitos de lavado de activos y otro de apropiación indebida, luego de ser acusada por una mujer brasileña de estafarla por más de 20 millones de dólares.

Los hechos denunciados comenzaron en 2017, cuando la mujer denunciante quedó viuda tras la muerte de su esposo, un hacendado de Artigas, y comenzó los trámites hereditarios. Tan solo dos meses después de la muerte, la denunciante firmó una carta poder para que la condenada pudiese "disponer y administrar" sus bienes.

En diciembre, le cedió de forma gratuita "todos sus derechos hereditarios". La defensa legal de la víctima sostuvo que la brasileña desconocía qué estaba firmando, y afirmó que un traductor debió intervenir para traducir al portugués el acuerdo. La firma fue realizada justamente en el estudio Elita Volpi, en Artigas, quien declaró como indagada en este caso. El abogado de la jerarca, Jorge Barrera, dijo en mayo a El Observador que el accionar de su clienta como escribana fue legal.

Por otro lado, Augusto Rodríguez, quién era el segundo suplente de Caram y había estado en varios cargos en la comuna, murió en 2022.

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