Básicamente se lo acusa de haber retirado US$ 180 mil, de los que no quedó claro su destino y de haber pretendido privilegiar en el concurso a determinados acreedores.
El expediente ya fue trasladado al juzgado de Crimen Organizado de segundo turno a cargo de Diovanet Olivera, la jueza que llevará adelante el juicio.
La acusación contra Iglesias
En la audiencia el fiscal relató que se “trató de realizar la trazabilidad" de esos US$ 180 mil que fueron retirados por Iglesias en pesos, y que si bien el extitular de Casa de Galicia dijo que se le pagó a cuatro acreedores, entre los que había un contador de Clínicas Leborgne, con quien a su vez Casa Galicia tenía una sociedad pero "el dinero que se dice haber invertido", "en opinión de la Fiscalía, no logró corroborar" el destino.
"Lo que la Fiscalía tuvo es que hubo un dinero con un destino específico que eran las arcas económico-financieras de Casa Galicia, un retiro del señor Iglesias de esa suma, con una serie de gastos que no se pudieron comprobar. Esto llevó a la Fiscalía a situar la primera plataforma fáctica en ese evento criminal de apropiación indebida", resumió Rodríguez sobre el primer delito.
Con respecto a la insolvencia societaria fraudulenta previsto en la Ley de delitos cambiarios económicos, planteó que ya sabiendo que iba a pedir el concurso voluntario de Casa de Galicia, dado que estaba en una situación de "fragilidad económica y financiera, ordenó el pago a seis acreedores, lo que alteró la masa concursal". Agregó que uno de esos pagos, "lo instruyó incluso el mismo día de la presentación judicial". Los beneficiarios fueron Juan Carlos Lousada y Marcelo Bonanata, prestamistas.
El fiscal reiteró en la audiencia que "sin tener la autorización y ya con una decisión de ir a concurso, se privilegia a futuro con la eventualidad y el riesgo altamente probable de ser cobradas y que de hecho se iban a cobrar si no eran revocadas judicialmente. Creo que incluso de las otras cuatro, fueron pagas incluso".
De esta maniobra no había registro en papel, sino que fue descubierto por el síndico que intervino una vez la Justicia llamó a concurso, indicó.
El fiscal Rodríguez que estaba en la audiencia junto a las adjuntas Gabriela Gómez y Silvia Monzón, y a la fiscal de Litigación Valeria Bovio, señaló también que el tribunal de apelaciones penal confirmó la imputación por esos delitos y el juez concursal calificó el concurso como culpable o fraudulento y lo inhabilitó a Iglesias para el ejercicio de su actividad comercial por 20 años.
El defensor Gonzalo Fernández respondió que discrepaba enfáticamente con la acusación fiscal que "no se puede sustentar". Señaló que "quedó demostrado que el dinero que se retiró de Cambistur se vertió al giro societario en tanto y en cuanto se destinó a la clínica Leborgne, bien conocida en plaza, que era propiedad de casa de Galicia lo que significa que el destino del dinero fue al giro de la empresa y que no hubo un desvío de destino ni en beneficio propio ni en beneficio de personas ajenas a la institución".
Con respecto al delito de insolvencia societaria fraudulenta planteó que "es jurídicamente inviable la imputación de una persona que tuvo que refinanciar deudas para poder evitar la caída de la empresa, que se arrastraba desde una década atrás en el tiempo..."Agregó que lo que hizo con los pagos, "será irregular, será revocable desde el punto de vista civil, como aparentemente ocurrió en el concurso, pero no es un injusto penal, es lícito".
El exministro Salinas entre los testigos del juicio
En la audiencia se leyó el listado de los testigos propuestos tanto por la Fiscalía como por la defensa para el juicio, varios de los cuales coinciden. Entre los citados por la fiscalía, que son en total 36 personas, figuran el exministro de Salud, Daniel Salinas, quién participó del proceso de clausura de la mutualista.
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Daniel Salinas, exministro de Salud Pública
Foto: Dante Fernández / AFP
Otros de los citados son MartínThomasset, excomisionadoa en la Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia; Alberto Yagoda, expresidente de la Junta Nacional de Salud (Junasa); Luis González Macahado, exdirector del Sistema Nacional de Salud y expresidente de la Junasa; Fernando Cabrera y Jupiter Pérez, representantes de Lideco e interventores de Casa de Galicia; Juan Carlos Lousada y Marcelo Mario Bonanata, prestamistas de Casa de Galicia, entre otros.
La defensa por su parte propuso a 18 testigos. El listado incluye al expresidente del BROU Salvador Ferrer, y a los exdirectores Pablo Sitjar, Max Sapolinski y Alejandro Lafluf, así como al director de la OPP Fernando Blanco, exdirector de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
El debate sobre las consultas jurídicas como prueba
Fernández planteó al juez que no había ninguna norma que impidiera incorporar en este momento las consultas jurídicas como prueba ya que el anterior defensor lo había olvidado y Domínguez agregó que pedían incorporarlas como prueba pericial, por ser "la opinión de un experto en una rama del derecho que digamos que trasciende lo que es el ámbito jurídico penal".
Sin embargo, la fiscal Bovio, del área de Litigación de la Fiscalía General rechazó esa prueba y dijo que sí estaba prohibido incorporar prueba en la audiencia de control de acusación y que los momentos para hacerlo eran en la acusación y la contestación de la acusación por lo tanto "lo que está queriendo hacer la defensa es ofrecer una instancia procesal que no es la correcta ni la oportuna", dijo.
"Las consideraciones que hagan juristas por más relevancia, trayectoria, bienvenidas son como material de apoyo al estudio de los casos, o sea de la sede, de los tribunales o de incluso nosotros los litigantes, pero no pueden ingresar como elemento probatorio", acotó.
También dijo que "la prueba pericial es aquella que va a aportar cierta información de mayor calidad al propio juez. Si En este caso, ya el mismo contenido de esas consultas evidencia que no hay ninguna necesidad de ingresar, por eso la hace innecesaria, porque no le aportaría ningún elemento técnico, idóneo o necesario al juez para hacer una valoración de este caso".
Fernández respondió que al pretender incorporar esa prueba, están "tratando de reparar un error del anterior defensor, que los menciona en el escrito, pero sin embargo no los acompaña". "Y la energía que despliega la contraparte para oponerse a la agregación de estos documentos es bien clarita por qué lo hacen".
"Lo hacen para tratar de desvirtuar, o de que no se diga por parte de dos catedráticos, que una asociación civil sin fines de lucro, como era la Casa de Galicia no puede ser nunca una empresa comercial (...) Ese es el real motivo de la oposición bajo toda la artillería procesal. Y me parece que es ociosa la discusión, porque naturalmente si la sede la deniega, amen de recurrir, las voy a leer de principio a fin y de cabo a rabo y las van a tener que escuchar el juez del juicio y luego el tribunal, entonces el debate es casi ocioso. Nada más".
Bovio se mantuvo en oponerse a que ingresaran esas consultas como prueba y dijo que el planteo de la "energía" era "un tema personal". Agregó que "esa energía está acompañada de fundamentos que sustentan la oposición a la prueba y va a ser la misma energía que evidentemente el doctor está manifestando que el día del juicio traerá a esa consulta".
Finalmente el juez Islas le dio la razón a la fiscalía. El magistrado opinó que se trataba de "una cuestión formal" que a su entender no tiene manera de evitar. "Sin importar que haya sido con las mejores intenciones" y "sin entrar en cuestiones probabilisticas de por qué no están agregadas" zanjó con que esas consultas no debían ingresar como prueba.