12 de agosto 2024 - 10:55hs

Alana* tiene 4 años y llegó a Uruguay en setiembre del 2023 desde Venezuela con su mamá tras un largo viaje en el que pasó por Brasil. Unos días antes, el 22 de agosto, la madre había acordado con el padre el régimen de convivencia familiar por el cual él tenía la tenencia de la niña y ella el derecho de visitas que consistían en “estar con su hija en la semana, previa comunicación al padre, sin pernoctar y los fines de semana a partir del día viernes a las 4 pm hasta el lunes, retornándola al colegio a las 7 am”.

Ante el reclamo del padre, el 12 de marzo pasado la jueza suplente Karen Cuadrado, en funciones en el Juzgado Letrado de Familia Especializado de 8° Turno, confirmó la restitución de la niña a la República Bolivariana de Venezuela junto a su madre. Esa decisión fue ahora rafirmada por el Tribunal de Apelaciones de Familia de Tercer Turno en la sentencia a la que accedió El Observador.

El caso llegó al tribunal porque tanto la defensora de Alana como la abogada de la madre apelaron la sentencia. La madre argumentó que pidió refugio en Uruguay y se encuentra a estudio, que la niña quiere quedarse en Uruguay junto a su madre, que el padre ejercía violencia contra la menor y que la abuela paterna es agresiva, que en su país la niña no iba a alcanzar el nivel cultural que alcanzará en Uruguay, y que salieron de Venezuela en forma normal ya que ningún funcionario encargado del control le requirió la autorización del padre.

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El padre cuestionó que la niña se encuentre integrada a su núcleo familiar en Uruguay ya que está sola con su madre y toda la familia tanto paterna como materna residen en Venezuela, alegó que no se probó que ejerciera violencia contra su hija y que unos días antes habían acordado un régimen de visitas que ella aceptó.

La sentencia de los ministros Marcelo Malvar, Pablo Benítez y María Noel Tonarelli, le dio la razón al padre e indicó que al no haberse probado que la niña en Venezuela tenga sus derechos gravemente vulenarados corresponde que sea devuelta a su país de origen, como lo establece la la Convención Interamericana sobre Restitución Internacional de Menores de 16 años de 1989, que se aplica en estos casos.

De todos modos, los jueces dejaron supeditada la entrega a que se cumplan algunas medidas de prevención que Venezuela "garanticen el pleno goce de los derechos de la niña hasta que el tribunal del Estado requirente adopte medidas definitivas respetando el principio del debido proceso" y que los tribunales u órganos competentes verifiquen una posible situación de amenaza o vulneración de derechos de la niña por situaciones de maltrato o ejercicio de violencia respecto de ella.

Los argumentos del tribunal de apelaciones: la pericia psicológica

La sentencia concluye que "no se ha probado" "grave riesgo físico para la niña exigido por la Convención para que la excepción prospere".

A Alana se le practicó una pericia psicológica por parte del ITF de dónde surge que "dada su edad madurativa" no comprende qué significa el desarraigo de su familia paterna y materna. "Tampoco le dio (la madre) la oportunidad de despedirse de aquellos, desconociéndose que pueda estar interpretando de la separación brusca y permanente".

Además la profesional que la entrevistó señala que "no logra ni puede expresar sus sentimientos en palabras solo a través de técnicas que muestran cierto enojo y angustia”.

Al ser preguntada en su relación con el padre dice "extrañarlo un poquito al igual que a su abuela...Preguntada sobre si quiere ver a su padre dice: algún día quiero ir a verlos...”. Espontáneamente refiere a la abuela y afirma: “Ella me trataba mal. Carlos* me trataba mal. A veces me dejaba con la abuela y yo no quiero verlo más para allá. Y él se iba con la novia y me dejaba con la abuela... Carlos estaba con fastidio y no me dejaba ir a la escuela...todo el dinero se lo llevó..."

Sin embargo, la pericia psicológica concluye que no hay "ningún indicador de maltrato físico por parte del padre, sino que, señala expresamente que “... se evidencia la figura paterna como significativa y relevante en diferentes técnicas...angustiándose, replegándose y con cierta descarga motora hostil, intentando distanciarse como forma de defensa ante toda la conflictiva de separación. También la figura materna aparece como su referente afectivo de importancia y único al momento”.

Riesgo de volver a Venezuela por la situación del país: no se probó

La sentencia también concluye que no se pudo probar que el "grave riesgo concreto que correría la niña en su país de residencia" sino que por el contrario, el padre demostró que Alana estaba inscripta en la escuela que queda en la misma cuadra de donde vive con su padre y tiene cobertura de salud.

"Si bien es atendible desde el punto de vista humano la posición de la madre de pretender brindarle nuevas oportunidades a su hija con las que no contaría en su país de nacimiento y residencia, no menos cierto es que no se ha acreditado una situación concreta de vulneración grave de derechos por carencias o exposición a circunstancias de violencia que amerite acoger la excepción", señalaron los ministros.

Mencionan que si bien es notora la emigración masiva de venezolanos, incluso para Uruguay que ha registrado "más de 20.000 residentes de dicha nacionalidad en nuestro país, tal circunstancia (...) no puede motivar una resolución con carácter genérico".

La voluntad de la niña

Por último, los ministros entedieron que "no ha resultado comprobada la oposición de la niña a regresar al país requirente".

“Se destaca significativamente de lo escueto que fue su comunicación verbal lo que dice al ingresar la madre al consultorio, evidenciando un mandato materno que cumplió. Esto marcaría la influencia materna respecto al proceso de evaluación, así como su lealtad a la misma”, afirma el fallo.

Por lo tanto concluyen que la voluntad de la niña de permanecer en Uruguay "no ha sido terminante, así como tampoco se ha presentado como una decisión que responda a su autonomía de la voluntad".

*Los nombres de la niña y el padre fueron modificados para preservar su intimidad

Temas:

Justicia restitución internacional de menores Venezuela

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