8 de abril de 2026 18:23 hs

La jueza María Noel Odriozola condenó este miércoles a Moisés Martínez a 12 años de cárcel por haber matado a su padre de 15 disparos.

Moisés mató a su padre el 25 de mayo del año pasado, después de enterarse de que el hombre había abusado y torturado a todos los miembros de la familia durante años. Su historia, la de Moisés, sus cinco hermanos y su madre, da cuenta de los años en que Carlos, el padre ahora muerto, ejercía torturas y abusos de forma sistemática mientras sus hijos eran niños y adolescentes.

Mientras la fiscalía había pedido una condena a 18 años de cárcel, debido a que el parricidio es un homicidio especialmente agravado, la familia de Moisés y su defensa pedían la absolución, amparados en el artículo 36 del Código Penal que establece que el delito puede ser perdonable cuando se efectúa como consecuencia de la violencia intrafamiliar.

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La jueza entendió que debía dar lugar a la condena, porque consideró que se probaron los hechos por los que se lo acusaba, y que no tenía cabida la absolución prevista en el Código Penal.

La jueza se basó en que no se cumplía el último de los tres requisitos que plantea el artículo: que la violencia intrafamiliar haya sido denunciada varias veces de manera reciente y sin respuesta del Estado.

En ese sentido, Odriozola coincidió con los argumentos de la fiscalía al entender que la denuncia que había contra Carlos Martínez por atentado violento al pudor —había violado a su hija— había derivado en una condena que el Estado le había impuesto en 2010 y que el hombre había pagado por ella.

Martínez había sido condenado a tres años de cárcel, pero salió en libertad al año y medio después de redimir la pena trabajando en el Comcar.

Odriozola consideró que habían pasado 15 años desde aquella condena y que no había habido nuevas denuncias contra el hombre. Resaltó que, en cambio, sí había habido una denuncia del padre contra Moisés por amenazas.

Después de considerar el contexto y los relatos posteriores al homicidio, la jueza consideró que Moisés fue a la casa de su padre con “la intención de darle muerte”. Tomó en cuenta la cantidad de las heridas, todas mortales, que los estudios forenses indicaban que el hombre no se había podido defender, y que, cuando llegó la policía, Moisés dijo: “Hice lo que tenía que hacer”.

La jueza también coincidió con la fiscalía en que había contradicciones en los relatos de los testimonios que explicaban cómo fue que el resto de la familia se enteró de que Moisés había matado a su padre, y que en la casa de Carlos Martínez había un desorden particular, según el relato de los policías que estuvieron ahí.

“La prueba revela una historia familiar compleja y un estado del imputado alternado en el momento de los hechos, pero eso no resulta suficiente para eximir de pena, ya que sin haber una situación de peligro, Moisés se dirige a la casa de su padre” y lo mata. “Ha quedado probado el dolo homicida”, sentenció.

Moisés y su familia sostuvieron durante el juicio que la intención no había sido ir a matar a su padre —de hecho no llevaba armas y nunca había manejado una—, sino que fue a pedirle explicaciones por la violencia sufrida durante años y a pedirle que no se apareciera en Paysandú, donde vivía su madre y sus hermanos.

La familia apelará el fallo.

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