El Ministerio de Salud Pública (MSP) suspendió por un año al médico traumatólogo Juan Pablo Calimaris, por darle medicación inyectable en domicilio de paciente por dolor de columna y cobrarle $12.000. Inicialmente el Colegio Médico había establecido una suspensión de cuatro años, pero la sanción fue reducida, entre otras cosas, porque hubo una devolución íntegra del dinero.
El Tribunal de Ética Médica del Colegio Médico hizo una recopilación del caso en un expediente fechado en mayo. La paciente que denuncia el caso y el médico denunciado coincidieron en que la mujer concurrió a una consulta con otro doctor, el médico Felipe Viacava en Casmu, pero fue atendida por Calimaris.
"El doctor Calimaris le ofreció a la paciente realizar un procedimiento en forma privada con ácido hialurónico más corticoides, de manera local, a fin de aliviar el dolor", recoge el tribunal, algo que la paciente aceptó. "Le suministró medicación inyectable en el domicilio de la paciente, y esta le abonó la suma de $12.000 en efectivo", añade este órgano.
Según la declaración de ambas partes, luego la paciente fue a hablar con el doctor Viacava y ponerlo en conocimiento de estos hechos. "El doctor Viacava se comunicó con el doctor Calimaris a raíz de lo anterior, y este último llamó a la paciente ese mismo día para disculparse porque el tratamiento no había surtido el efecto deseado y le reintegró el dinero abonado, mediante transferencia bancaria", agrega el tribunal.
Este tribunal afirmó que Calimaris "ofreció a la paciente un tratamiento que, a juicio del médico tratante doctor Viacava, no estaba indicado para su patología" y que "el ofrecimiento lo hizo luego de que se retirara el doctor Viacava, sin consultarle ni informarle, y sin registrarlo en la historia clínica de la paciente".
Entre otros puntos, el tribunal señala que la autoderivación "no estuvo justificada" y que "expuso a la paciente a considerables riesgos evitables por no realizar el procedimiento en la forma y condiciones adecuadas".
"El doctor Calimaris engañó a la paciente para procurarse un lucro económico, cobrándole un insumo que pertenecía a CASMU-IAMPP", sentencia el tribunal, al tiempo que pidió una suspensión por cuatro años.
Sin embargo, meses después ante un Tribunal de Alzada, el doctor denunciado afirmó que no se tomaron en cuenta distintas cuestiones como su "ausencia de antecedentes disciplinarios, su trayectoria profesional, la colaboración durante el procedimiento o la devolución íntegra del dinero", entre otras cuestiones. Tras el recurso del denunciado, este tribunal fijó una sanción de un año.
A fines de setiembre, el Ministerio de Salud Pública pidió hacer lugar a la suspensión por este período de tiempo.