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20 de mayo 2024 - 5:00hs

Este viernes la justicia condenó a través de un proceso abreviado a una mujer de 63 años de Artigas por varios delitos de lavado de activos y otro de apropiación indebida, luego de ser acusada por una mujer brasileña de estafarla por más de 20 millones de dólares.

La jueza Carolina Olivera condenó a la acusada a dos años de prisión por delitos como lavado de activos en modalidad de conversión y transferencia en reiteración real, con un delito continuado de apropiación indebida, según se lee en la resolución judicial a la que accedió El Observador. A los dos años de prisión efectiva se aplica un descuento de las medidas cautelares, según informó Eduardo Preve.

Los hechos denunciados comenzaron en 2017, cuando la mujer denunciante quedó viuda tras la muerte de su esposo, un hacendado de Artigas, y comenzó los trámites hereditarios.

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La condenada, que ha sido mencionada como "vidente" aunque según su defensa se trata de una mentira en la que se aprovecharon de que la mujer tuvo cáncer, se ofreció a ayudar a la mujer y obtuvo la cesión de sus derechos hereditarios, con los que vació todo el ganado que era propiedad del esposo de la víctima, y arrendó varios de sus inmuebles. Además, tampoco le pagó el dinero mensual que había prometido pagarle mientras cuidaba sus bienes.

La condena todavía no fue ejecutada, debido a que los defensores de la víctima apelaron la condena de la mujer de 63 años ya que no querían que distintos bienes que ella adquirió con el dinero de la herencia fueran decomisados por la Junta Nacional de Drogas (JND).

Una cesión de derechos, ganado vendido y casas alquiladas: así operó la mujer condenada

El esposo de la mujer que denunció los hechos murió en junio de 2017. Tan solo dos meses después, firmó una carta poder para que la acusada pudiese "disponer y administrar" sus bienes.

En diciembre, le cedió de forma gratuita "todos sus derechos hereditarios". La defensa de la víctima sostuvo que la brasileña desconocía qué estaba firmando, y afirmó que un traductor debió intervenir para traducir al portugués el acuerdo. La firma fue realizada en el estudio de la escribana intendenta interina de Artigas, Elita Volpi, quien declaró como indagada en este caso. El abogado de la jerarca, Jorge Barrera, dijo a El Observador que el accionar de su clienta como escribana fue legal.

Seis días después de esta cesión, ambas partes firmaron otro acuerdo en el que la denunciada acordaba darle una renta mensual vitalicia de US$ 5.000 a la brasileña. Este dinero recién le comenzó a llegar a la víctima cuando denunció que nunca le habían pagado.

La cesión de derechos ocurrió en medio de un tramite sucesorio que aún no concluyó. Cinco personas se presentaron como herederos legítimos del fallecido, y la justicia todavía no dirimió sobre su situación ni se dirimió la división de bienes para los sucesores.

Sin embargo, desde que obtuvo la cesión de los derechos hereditarios la acusada realizó varias ventas de ganado que pertenecían al hacendado fallecido, al punto que en 2019 ya no quedaba ningún animal a nombre del hombre, y en 2021 la propia mujer pidió el cierre de la empresa de esta persona.

En total, indica la sentencia, entre enero y noviembre de 2018 la mujer vendió 2.397 ovejas y 1.521 vacas que eran propiedad del fallecido. Solo por las vacas obtuvo alrededor de 300.000 dólares. Entre los compradores está registrado un hijo de la acusada.

Entre ese ganado, la mujer se trasladó a su propia empresa unipersonal la propiedad de 602 vacas. La condenada había tenido esta firma para negocios rurales de 1997 hasta el 2000, pero pidió su reapertura en 2018 para negocios ganaderos. Según la resolución, nunca se había dedicado a ese rubro hasta la cesión de los derechos hereditarios, ni poseía bienes inmuebles propios. Solo tenía un antecedente como trabajadora en la empresa de su padre.

Incluso, la resolución puntualiza que el entorno de la mujer le "advirtió incansablemente" que no podía vender el ganado propiedad del fallecido, pero ella "hizo oídos sordos".

La acusada señaló ante las autoridades que estaba habilitada a vender el ganado porque era de su propiedad. No obstante, la sentencia indica que con la cesión de derechos la mujer podía "administrar" los bienes heredados, pero no podía aprovecharlos para si misma. En ese sentido, se marca que ella nunca repuso el ganado vendido ni el dinero obtenido, sino que lo usó para su consumo personal y para la compra de bienes muebles e inmuebles.

Además de esta venta de animales, la implicada también alquiló diversas propiedades del fallecido por un total cercano a los US$ 248.000. La ley permite arrendar bienes que se encuentren en sucesión, pero el dinero no puede ser usado por una titular de derechos hereditarios, sino que debe "permanecer al pendiente" del resultado de la división de bienes.

En noviembre de 2021, la mujer abrió la sociedad anónima "Los Vientos". A través de esa sociedad y con el dinero obtenido en la venta de ganado y el alquiler de inmuebles, la mujer adquirió un apartamento en Punta del Este por 155.000 dólares –en el que pasó los cinco meses en prisión domiciliaria por la formalización de los delitos en su contra–, un local comercial de esa ciudad por US$ 27.000. Por su cuenta también compró dos autos, de un valor total de US$ 11.300.

Una condena en espera: la defensa de la brasileña apeló el acuerdo abreviado

La condena a la mujer de 63 años todavía no fue ejecutada, debido a que la defensa de la denunciante apeló el acuerdo abreviado alcanzado entre los abogados de la denunciada y el fiscal de Artigas Federico Rodríguez.

El abogado de la condenada, Rodrigo Rey, explicó a El Observador que la defensa no quería que los bienes decomisados a la mujer, aquellos adquiridos a través de la sociedad "Los Vientos" y un auto que compró a su nombre, fueran derivados a la Junta Nacional de Drogas (JND). Por esto, el caso deberá pasar por un Tribunal de Apelaciones para que la condena quede firme.

Mientras tanto, la justicia civil sigue dirimiendo la legitimidad de los contratos firmados entre la brasileña y la mujer condenada. Rey explicó que, aunque se trata de un atenuante importante, la sentencia por proceso abreviado no marca que la cesión de derechos hereditarios sea ilegal.

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