La prohibición está establecida en la Ley de Elecciones como parte del capítulo de "Garantías electorales"
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28 de junio de 2019 a las 17:50
El próximo domingo serán las elecciones internas de Uruguay, donde se decidirá qué candidato presentara cada partido para las elecciones nacionales de octubre de este año.
En el marco de las elecciones internas estará vigente la veda alcohólica por la cual no se podrán vender bebidas alcohólicas desde las veinticuatro horas anteriores a la clausura de la votación hasta que termine la jornada de sufragio, según lo dispuso el articulo 177 de la sección séptima de la Ley número 7.812 , también conocida como la Ley de Elecciones.
Según lo comprendido por la normativa, la veda alcohólica comenzará sobre las 19:30 horas del sábado, ya que el cierre de las mesas de votación se dará a las 19:30 horas del domingo con una posible extensión de una hora en las mesas que tengan cola de electores que aún no hayan sufragado.
Otras garantías electorales
El artículo sobre la prohibición del expendio de alcohol integra el capítulo de la Ley de Elecciones denominado "Garantías Electorales". Dentro de este capítulo se numeran otras de las llamadas garantías electorales, uno de ellos sostiene que nadie podrá impedir, coartar o molestar el ejercicio personal del sufragio. A su vez, se mantiene la prohibición de espectáculos públicos en local abierto o cerrado, ni manifestaciones o reuniones públicas de carácter político.
Otra garantía señalada en la ley es la que enmarca el articulo número 187 donde queda totalmente prohibida distribuir listas en comisarias o colocar publicidad dentro.
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