Ursec bloqueará contenido que se emita de forma ilegal

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¿Chau Fútbol Libre? Ursec podrá bloquear contenido pirata de internet que se vea en Uruguay

El organismo tendrá la potestad de dar de baja el contenido o bloquear el acceso a páginas web por 30 días sujeto a resolución judicial
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31 de octubre de 2022 a las 17:08

Los empresas titulares de televisión para abonados podrán denunciar ante la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicación Audiovisual (Ursec) “la difusión de señales de televisión a través de internet o red similar, con fines comerciales, que carezcan de legitimación para ofrecer al público dichas señales”. Así lo determina un decreto del Poder Ejecutivo que reglamenta el artículo 712 de la Ley de Presupuesto Nacional 2020-2024.

A partir de la denuncia, la Ursec podrá notificar o eventualmente bloquear las direcciones IP de donde provengan esas transmisiones para impedir el acceso, tales como las que emiten desde sitios como Fútbol Libre, Roja Directa o Pirlo TV. La denuncia debe ser presentada por el titular o representante del servicio de televisión para abonados con los fundamentos de la solicitud, las direcciones IP,  la explicación de la presunta violación a sus derechos por cada pieza de contenido denunciada y el presunto delito.

La Ursec deberá notificar al denunciado y le pedirá “que acredite en un plazo máximo de cuatro días hábiles, su legitimación o autorización sobre los contenidos objeto de la denuncia, o bien remueva el contenido”, asegura el Poder Ejecutivo en el decreto. En caso de que no lo haga, la Ursec “requerirá a los proveedores de acceso a internet (ISP), que brindan sus servicios en el país, que de forma inmediata, en un plazo máximo de cuatro días hábiles, realicen el bloqueo electrónico temporal de acceso desde el territorio nacional” a las páginas que emitan el contenido pirata por un plazo de 30 días, sujeto a resolución judicial.

Además, si el contenido pirata se está emitiendo a través de una plataforma intermediaria –como pueden ser Youtube o Twitch–, la Ursec le notificará para que remueva el contenido o bloquee su acceso para el territorio uruguayo, también por un plazo de 30 días.

En el decreto se asegura que “es fundamental” adoptar nuevas acciones concretas, dado que “como consecuencia de la evolución tecnológica y la facilidad para acceder a servicios de transmisión de datos de calidad, cada vez es más simple reproducir, distribuir, publicar, transformar, comunicar o poner a disposición del público, en cualquier forma o procedimiento, obras protegidas por parte de persona física o jurídica que no se encuentre legitimada a ofrecer dichas señales”.

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