29 de abril 2020 - 14:39hs

La bancada de Diputados del Partido Colorado presentó un proyecto de ley para derogar la ley 19.654, votada en 2018 por el Frente Amplio y declarada inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia el 3 de abril.

La normativa declaraba, con carácter interpretativo, que los artículos 77 y 81 de la Constitución de la República, señalaban que "el hecho de residir fuera del país no obsta al ejercicio de los derechos y obligaciones inherentes a la ciudadanía". En ese sentido, establecía la creación de una comisión honoraria que estudiaría la instrumentación del voto en el exterior. 

En la exposición de motivos, los diputados colorados fundamentan que, tal como expresa la Constitución, "el fallo de la Suprema Corte de Justicia se referirá exclusivamente al caso concreto y solo tendrá efecto en los procedimientos en que se haya pronunciado".

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Por lo tanto, entienden "conveniente" derogar la ley "a fin de eliminar del ordenamiento jurídico una norma que violenta la Carta Magna".

Argumentos de la Corte

La ley fue impugnada en diciembre de 2018 por los partidos Nacional, Colorado, Independiente y De la Gente –que por aquel entonces conformaban la oposición política– y semanas atrás la Corte Electoral les dio la razón por cuatro votos contra uno.

La SCJ declaró inconstitucional el artículo 1 (el que interpreta la Constitución), en tanto viola el artículo 81 de la Carta Magna, que define que para hacer valer "el ejercicio de los derechos de la ciudadanía, (se debe) avecinarse en la República".

Además, los magistrados consideraron que la ley alteraba "funciones y procedimientos de la Corte Electoral y corporaciones electorales", y que por ello debió haberse votado con al menos dos tercios del total de componentes de cada cámara, algo que no se cumplió. 

Los magistrados también consideran que "una norma que habilita el voto de quien no reside en el país, comprende la posibilidad de que se vote fuera del territorio de la República, lo cual altera las "funciones y procedimientos de la Corte Electoral y corporaciones electorales".

Cuando los partidos presentaron el recurso, el entonces diputado blanco Pablo Abdala dijo a El Observador que la ley le asignaba nuevas funciones a la Corte Electoral, ya que modificaba las normas sobre el Registro Cívico sin haberse cumplido con el requisito previo de la aprobación de una ley por los dos tercios del total de componentes de cada cámara.

"Enorme relevancia institucional" de la sentencia

El Comité Ejecutivo Nacional del Partido Colorado destacó este miércoles la "enorme relevancia institucional" de la sentencia de la Suprema Corte de Justicia. "Una sentencia muy razonada, la considera inconstitucional por razones de forma, al no haberse votado por los dos tercios de los miembros del Parlamento, y por razones de fondo en cuanto la Constitución exige el 'avecinamiento' del ciudadano para ejecer sus derechos", señala un comunicado del CEN, que "resolvió enviar una nota de felicitación al Dr. Ruben Correa Freitas, que actuó como representante de los cuatro partidos que presentaron el recurso ante la Suprema Corte de Justicia y a los Dres. Renán Rodríguez y Jaime Saponlinsky por su colaboración en el tema".
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