7 de febrero 2022 - 5:04hs

Hace casi 30 años que el Estado está en falta con los funcionarios contratados en la embajada de Uruguay en Caracas, a quienes se les ha calculado de forma errónea y con omisiones una parte de sus prestaciones sociales, un derecho consagrado en la Constitución y la ley laboral venezolana. Luego que el problema se arrastrara durante varios gobiernos, la cancillería actual buscó una solución definitiva para corregir la irregularidad. Pero la propuesta que presentó a los trabajadores está lejos de lograr un final de paz y los 10 contratados locales ya hacen consultas con el Ministerio del Poder Popular para el Proceso Social del Trabajo y un prestigioso abogado laboralista venezolano para el caso de que tengan que escalar el asunto a un juicio, confiados en que la norma y la jurisprudencia están de su lado. 

El asunto tiene el potencial de convertirse en un problema para el Palacio Santos, que en el pasado ya debió desembolsar cientos de miles de dólares por litigios perdidos ante reclamos de contratados locales, como por ejemplo sucedió en Buenos Aires en la época en la que el actual canciller Francisco Bustillo era embajador. 

Las prestaciones sociales –antes llamadas “indemnización por antigüedad” o “prestación de antigüedad” en Venezuela–  son créditos laborales de exigibilidad inmediata. Se consideran una recompensa a la antigüedad, de manera que el pago es proporcional al tiempo de trabajo. Una vez al año los trabajadores tienen derecho de solicitar el abono máximo del 75% del capital acumulado más los intereses generados en bolívares según la tasa establecida por el Banco Central de Venezuela, regulan los artículos 141 y 143 de la ley orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras. 

Históricamente el Estado uruguayo, a través de su cancillería, no pagó los intereses correspondientes. Además, el cálculo se hizo desde mediados de los 90 basado en salario y no en el salario integral (vacaciones, aguinaldos, etc), tal como dicta la ley. 

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El asunto era bien conocido por los trabajadores y por el empleador. Pero recién en 2015, a raíz de un reclamo por el cálculo de los dos días de antigüedad por año trabajado, se consultó a dos estudios jurídicos que —junto con el Ministerio de Relaciones Exteriores— definieron las fórmulas de cálculo según la interpretación legal de la ley orgánica, fórmulas que el contable de la misión no aplicó y que en cancillería tampoco detectaron

En 2017 se calcularon y abonaron los dos días de antigüedad por año de servicio que también era un concepto adeudado y reclamado. Finalmente, en 2018, el encargado de negocios José Luis Remedi escuchó el reclamo de los funcionarios y la embajada notificó el error en la aplicación de la fórmula y la determinación del salario integral al ministerio. Se contrató una consultora para que elaborara los cálculos e hiciera los ajustes necesarios.

Sin embargo, la cancillería comenzó a solicitar información y desestimó los montos calculados. La misión resolvió contratar a una nueva consultora que llegó a resultados similares, pero que otra vez fueron objetados por el Palacio Santos. 

Desde entonces, los empleados no han tenido acceso a su derecho de retiro, lo cual constituyó, en algunos casos, una limitante para pagar seguros de salud y hacer frente a costos médicos durante la pandemia. Esto, teniendo en cuenta que Venezuela enfrenta una fuerte dolarización de su economía, que es hiperinflacionaria en bolívares e inflacionaria en dólares. Durante el 2020 y 2021, la misión en Caracas solicitó a la cancillería en reiteradas notas que se finalizara el cálculo, ya que se estaba vulnerando el derecho al retiro anual por este concepto.

A mediados de noviembre de 2021, la directora de Financiero Contable, Liliana Zuppardi, y Daniel Rognoni, un histórico del área jurídica quien actualmente cumple funciones en la embajada en Buenos Aires, viajaron a Caracas en una misión reservada, por instrucción de Bustillo, para procurar una solución. Los enviados del ministro informaron que Montevideo había decidido la contratación de una nueva consultora –Lara, Marambo & Asociados, adscripta a Deloitte–, cuyo nombre mantuvieron en reserva en ese momento. También informaron que a fines de ese mismo año se saldarían las prestaciones adeudadas así como sus intereses.  

Cuando los funcionarios contratados preguntaron cuál era la diferencia entre la consultora que trabajaba actualmente y la nueva, se les contestó: “Vamos a hacerlo como indica la ley”. 

Sin embargo, el temor y el nerviosismo de los trabajadores se disparó ante la posibilidad de que la embajada fuera a disminuir su estructura y que la cancillería calculara los despidos con sueldos y prestaciones devaluadas. La alternativa fue considerada por Rognoni y Zuppardi en la reunión con los funcionarios en Caracas cuando mencionaron que la misión ahora resultaba demasiado grande en infraestructura y eso incluía a la cantidad de personal. 

Durante la época dorada del chavismo, la representación creció y en algún momento llegó a tener cuatro funcionarios, entre diplomáticos y administrativos, enviados desde Montevideo, incluyendo el embajador, además de 11 contratados locales. Recientemente, el ministerio decidió reducir la misión a un solo diplomático. Desde la salida de Luis Pérez en diciembre, quien cumplía funciones como cónsul, quedó una sola funcionaria de carrera que está próxima al término de su destino. Verónica Ramírez será reemplazada por Carlos Bentancour que tendrá un doble rol: encargado de negocios y cónsul. 

Propuesta que genera inquietud

El 22 de diciembre la cancillería les entregó el resultado del trabajo de la nueva consultora, que los contratados recibieron con decepción, ya que vieron pulverizadas sus prestaciones sociales al pasar a bolívares la vida laboral de todos. Los salarios, hasta ahora, siempre se calcularon y pagaron en dólares, respetando los contratos laborales vigentes.

Ese elemento y otros que los inquietan los llevaron a escribir una carta, fechada el 1º de febrero, dirigida a Financiero Contable del ministerio, en el que dan cuenta de que el cálculo “difiere totalmente con la forma en la que se han venido calculando las prestaciones sociales por parte de la embajada, y los respectivos adelantos del 75% desde el inicio de la relación laboral de cada contratado”. Los contratados saben que aunque el cálculo no se estaba realizando sobre el salario integral, como indica la Ley de Trabajo de Venezuela, sí se realizaba en dólares, la moneda pactada en los contratos de trabajo. “Las prestaciones sociales constituyen en Venezuela un ícono de la cultura laboral; el beneficio más apreciado por el trabajador venezolano”, escribieron.

La nueva forma de cálculo no solo afecta y desvaloriza este derecho laboral, sino que incluso hace añicos los adelantos que la Embajada ha hecho durante sus años de trabajo a estos funcionarios.

A modo de ejemplo, un funcionario que durante sus 15 años de trabajo había retirado US$ 27.682 ahora aparecía como recibiendo pagos por 16,44 bolívares –US$ 3,58–, según los cálculos que proporcionó la nueva consultora y que Montevideo hizo suyos.

Esto se explica porque la consultora aplicó las sucesivas reconversiones monetarias al tipo de cambio utilizado en el cálculo de los montos a los cuales los funcionarios acceden cada año. La ley y la jurisprudencia indican que se deben calcular según el tipo de cambio del día de pago. Sin embargo, en este caso se aplicó un tipo de cambio llamado “reexpresión monetaria al año 2021”. Así, la consultora aplicó la reconversión a la tasa de cambio del dólar desde 1997, y no en cada año de reconversión. Por ejemplo, la tasa para 1997 quedó en 0,00000000000479 y así sucesivamente. Matemáticamente cualquier cifra multiplicada por cero da cero y ese es el resultado que figura para todos los años de trabajo desde 1997 hasta 2018 en la nueva propuesta que presentó la cancillería

Por eso, los trabajadores le recordaron al ministerio que en los últimos 13 años hubo tres devaluaciones en las que, en total, se quitaron 14 ceros. “Contablemente las reconversiones deben ser aplicadas en el mes y año afectado”, indicaron. Y agregaron en otro punto: “No se comprende el manejo de las tasas de cambio aplicadas para este cálculo, como es bien conocido en Venezuela han existido diferentes tasas de cambio colocadas hasta por el mismo gobierno nacional”. 

Esto sin contar que hay dos empleadas que ingresaron en 1991 y 1992 y cuyas prestaciones sociales no fueron contabilizadas hasta 1996. Existe una nota del entonces embajador Raúl Lagos dirigida a la cancillería en 1997 que daba cuenta del problema e informaba que jamás se calculó ni se pagó a los funcionarios –tres en ese momento– por concepto de prestaciones sociales. Además, advertía que la ley cambiaría al año siguiente y que lo más recomendable era proceder a liquidar la deuda antes que entrara en vigencia el nuevo marco legal. Como no hay registros del pago de ese período, la consultora optó por omitirlo para su contabilización, aunque la ley indica que cuando no hay registros que constaten el pago por parte del empleador se transforma en un pasivo laboral y se debe pagar.  

Los cálculos también tienen otros errores, como montos en los salarios y fechas de ingresos, que los empleados señalaron en su carta. “La Dirección Financiero Contable ha desestimado cálculos que han realizado consultoras anteriores, ha enviado a esta misión numerosos correos exigiendo explicaciones de los cálculos, por más de dos años ha evaluado, observado y objetado los cálculos de las prestaciones sociales, pero ahora respalda este cálculo que a simple vista contiene errores tan simples como el monto del salario, fechas de ingresos, y que además afectan el total del fondo de prestaciones sociales de los contratados locales”. Y más adelante agregan: “Estos cálculos afectan los derechos laborales adquiridos durante tantos años de trabajo, existen empleados con 30 años de servicio ininterrumpidos, el promedio de años laborales de los diez contratados locales es de 14 años”. 

La sorpresa creció aún más cuando el 27 de enero los trabajadores accedieron a sus recibos de pago en una moneda diferente de la establecida en los contratos laborales. Zuppardi y Rognoni les habían adelantado que la cancillería procuraría que firmaran nuevos contratos de trabajo. Allí fue cuando decidieron hacer consultas con las autoridades de trabajo venezolanas y con abogados laboralistas. En ambos casos les aconsejaron “no firmar ningún contrato que contraviniera los derechos adquiridos”.

En su misiva piden la reconsideración de “las diversas decisiones que en visita a Caracas tomaron la contadora Zuppardi y el señor Rognoni ya que las mismas afectan la relación laboral” que tienen con la misión.  

En cualquier caso, los trabajadores tienen la tranquilidad que la ley venezolana está a su favor y que existe tratamiento específico de las relaciones laborales convenidas en dólares americanos. “Cuando el pago de cualquier tipo de obligación haya sido pactado mediante convención especial, en moneda extranjera, antes de la entrada en vigencia del régimen de control de cambio, es solo a través del pago en dicha moneda pactada como se cumple con la obligación adquirida”, dice una sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en coincidencia con al menos otras cinco entre 2005 y 2020.

Fuentes de la cancillería señalaron que es la primera vez que los trabajadores elevan una nota y que si bien conocían el tema nunca plantearon una queja formal, más allá de hablarlo con algún jefe de misión, como sucedió con Lago y Remedi, en quienes encontraron eco.

Además, argumentan que los trabajadores se vieron beneficiados por un tipo de cambio que los favoreció durante 16 años (2002-2018) que en Venezuela existió ilícito cambiario. De manera que aunque sabían que estaban perdiendo un dinero que les correspondía, los dólares que les ingresaban los colocaban en una situación de privilegio, algo que ya no ocurre. 

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