1 de septiembre de 2011 20:28 hs

Si la decisión sobre el pedido de procesamiento de la Fiscalía para los ex jerarcas de la Intendencia Municipal de Montevideo (IMM) se dilata, podrían quedar libres de acusación porque el delito prescribe en marzo. Fuentes del caso dijeron a El Observador que la prueba fundamental sobre la que se basó el fiscal Diego Pérez para pedir el procesamiento es una nota redactada el 4 de marzo de 2002 por el ex titular de los casinos municipales, Juan Carlos Bengoa, y dirigida a la ex secretaria María Julia Muñoz.

El Código Penal determina que los delitos que se castigan con pena de penitenciaría, si tienen un máximo mayor de dos años, prescriben a los diez años. En este caso, los tres delitos por los que el fiscal pidió procesarlos (fraude, concusión y abuso de funciones) tienen como pena mayor entre tres y seis años de penitenciaría. Es decir, que el 4 de marzo de 2012 el delito dejará de ser perseguible.

La prescripción se corta por una orden de detención judicial. O sea que la jueza Fanny Canessa tendría que dictar los procesamientos antes de esa fecha.

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Canessa ordenó fijar fecha para la audiencia en la que declararán con abogado y hacer su defensa pero es probable que por la agenda del juzgado no se pueda realizar hasta fines de octubre.

Cuando declaren, los tres indagados podrán proponer pruebas, lo que alargará la decisión judicial por algunos meses. A ello se suma que en enero llega la feria judicial que detiene durante todo el mes la actividad judicial.

La nota
A juicio del fiscal Pérez, el fraude se llevó a cabo a partir de la “nueva operativa en Casinos” por la cual se modificó el sistema que venía funcionando hasta ese momento.

En el dictamen, al que accedió El Observador, el fiscal subrayó que se adoptó como principal modalidad “efectuar contrataciones directas con los empresarios, y se dejó sin efecto una licitación que se encontraba en trámite”, dijo.

Bengoa propuso poner en marcha la nueva estrategia de arrendamiento de slots “en el marco de las transformaciones necesarias para reconvertir el edificio donde opera el Casino Parque Hotel”.

A juicio del fiscal, la nota de marzo de 2002 anunciaba el sistema de arrendamiento y revela que las autoridades “estaban en conocimiento” de las decisiones que se tomaron y que participaron en ellas.

“Claramente ya se estaba adelantando la reforma del casino Parque Hotel que poco después se concretó y en relación a la que los jerarcas, especialmente el ex intendente Arana y la ex secretaria general Muñoz, desde un primer momento y en forma absolutamente categórica, expresaron desconocer”, dijo el fiscal. Por ese conocimiento les imputó la coautoría del delito de concusión (coimas).

Además destacó que el Tribunal de Cuentas observó el gasto correspondiente, “y dichos jerarcas hicieron caso omiso a las observaciones formuladas por dicho Tribunal”. El fiscal sostuvo que Rosselli informó a favor de reiterar el gasto y luego, Arana y Muñoz “procedieron a reiterar dicho gasto en relación a contratos celebrados con empresas que aún no habían siquiera cumplido con el aporte e instalación de las máquinas slots”.

En definitiva, según el magistrado, Bengoa y su equipo, “decididamente contaron con la consciente, necesaria y determinante cooperación de los jerarcas”.

Por último, los responsabilizó por el delito de abuso de funciones por adoptar las resoluciones por las cuales le dieron ganancias excesivas –del 50% y del 30%– a la empresa de Carlos Mautone, conocido de Arana y Muñoz, y al Hotel Oceanía, que a su vez debía pasar el 10% a Carmitel.

Irregularidades
El fiscal reiteró que las empresas contactadas por Bengoa “fueron lisa y llanamente seleccionadas por el mismo”.

A juicio del magistrado, Arana es responsable de la aprobación del proyecto de los contratos de arrendamiento, y del llamado a licitación para la renovación del parque de máquinas para el Casino Parque Hotel. Pero además señaló otras irregularidades: el plazo de 66 meses para el arrendamiento; no existe cláusula de rescisión del contrato; el cuidado y conservación de las máquinas corría por cuenta de la IMM; las partes no constituían domicilio ni establecía cláusula de mora; y no se mencionaba la obra de refacción en el Casino Parque Hotel.-

Con respecto a esa obra señaló que “resulta difícil de admitir” que los jerarcas la desconocieran.

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