Empaquetado neutro de cigarros

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Gobierno decidió no apelar fallo sobre decreto de tabaco y esperará el pronunciamiento del TCA

La jueza suspendió el decreto de tabaco hasta tanto se pronuncie el Tribunal de lo Contencioso Administrativo porque la Sociedad Uruguaya de Tabacología, junto con el amparo, planteó la nulidad
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21 de octubre de 2022 a las 19:12

El Poder Ejecutivo decidió no apelar el fallo de la Justicia que suspendió transitoriamente la aplicación del decreto que flexibiliza la política antitabaco y esperará el fallo del Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA), según dijeron fuentes del gobierno a El Observador. 

El fallo de la jueza de Familia María Emmenengger, que dio lugar a la acción de amparo presentada por la Sociedad Uruguaya de Tabacología, decía que la suspensión de la aplicación del decreto era hasta que el TCA dicte “sentencia ejecutoriada”.

“Dispónese la inmediata suspensión del decreto 282/022 hasta que quede firme el acto administrativo o para el caso de tramitarse la vía anulatoria, hasta que el TCA dicte sentencia ejecutoriada”, dice la sentencia a la que accedió El Observador. Es que la SUT además del recurso de amparo presentó un recurso de nulidad ante ese tribunal. El TCA no tiene una fecha para fallar.  

En el gobierno entienden que no tiene sentido apelar, para lo que tenían cinco días desde que se emitió el fallo del miércoles, porque sería sumar una instancia judicial y, en cambio, ven con buenos ojos que sea el TCA quien decida si se debe suspender o no la aplicación del decreto. 

Usualmente, un proceso de nulidad ante el TCA, la justicia administrativa integrada por cinco ministros, lleva entre dos y tres años. 

La nueva normativa del Poder Ejecutivo modificaba, entre otras cosas, el empaquetado neutro de las cajas de cigarros y permitía la comercialización de cajillas blandas y que las empresas introdujeran su logo en el filtro para individualizarlos. El gobierno argumentó que era una medida para combatir el contrabando. 

En consecuencia, el decreto también habilitaba a imponer multas a los comercios que vendieran cigarrillos de contrabando.

La SUT, en tanto, defendió que el decreto afecta la salud de los niños, niñas y adolescentes. En tal sentido, mencionó el “importante aumento” del número de fumadores entre los niños y adolescentes en el mundo.

En una extensa sentencia, la jueza Emmenengger contestó uno a uno los argumentos que habían esgrimido el gobierno y la SUT durante la audiencia. Entre ellos, entendió que no era de orden modificar el decreto para combatir el “mercado ilegal” –justificación que llegó a utilizar el presidente, Luis Lacalle Pou– porque viola otras normas. Entre ellas, la ley para la protección del derecho al medioambiente libre de humo de tabaco y su consumo y el Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud (OMS), al que Uruguay adhirió.

La jueza también mencionó que según la encuesta de la Junta Nacional de Drogas del 2021, el 15,3% de los estudiantes de enseñanza media consumen tabaco en Uruguay y que más del 70% de los adictos comenzaron a fumar siendo menores de edad.

Además, defendió que era una jueza competente para decidir sobre la materia. El gobierno había alegado que este tema no debía definirse en un juzgado de Familia. En ese sentido, Emmenengger citó varios estudios y declaraciones de la testigo de la SUT, la médica y experta en Tabacología Laura Roballo, que apuntaban que el 15% de los menores fuma y que más del 70% de los consumidores de tabaco se iniciaron siendo menores.
 

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