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¿Habrá rebaja en precio de nafta y gasoil tras fallo de la Suprema Corte?

La Suprema Corte de Justicia determinó la inconstitucionalidad de la tasa de inflamables que la intendencia le cobra a Ducsa, y que está incluida en el cálculo de las tarifas al público
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15 de junio de 2023 a las 05:03

La Suprema Corte de Justicia (SCJ), falló a favor de la Distribuidora Uruguaya de Combustibles (Ducsa) -principal colateral del grupo Ancap-, en el recurso de inconstitucionalidad que presentó contra la denominada Tasa de Inflamables, que desde la década del `60 cobra la Intendencia de Montevideo.

En 2013 Ancap y la Intendencia acordaron reducir gradualmente el impuesto hasta su desaparición en un plazo de 10 años, algo que comenzó a aplicarse en 2017. Luego de un 2016 en el que la tasa costó a Ancap US$ 22 millones, en 2022 el costo fue de US$ 15 millones, y para 2023 se preveía un gasto de US$ 12 millones para pagar el gravamen.

La composición del precio máximo de venta al público muestra que en mayo esa tasa equivalía al 0,22% en el litro de nafta Súper ($ 0,16), a 0,33% en el litro gasoil común ($ 0,19),  y a 0,16% en el kilo del supergás  ($ 0,12).

¿Qué pasará con ese margen de la tasa que Ducsa podrá dejar de pagar? ¿Lo pasará al precio de los combustibles que le vende a las estaciones de Ancap o seguirá cobrando el Precio Máximo Intermedio que fija la Ursea?

¿En caso de una reducción de precio por parte del distribuidor, los estacioneros lo trasladarán al consumidor?

¿Eventualmente las estaciones propias de Ducsa podrían vender más barato que el precio máximo? Ancap analizará por estas horas los pasos a dar una vez conocido el fallo judicial.

Consultado sobre el tema, el presidente de Ancap, Alejandro Stipanicic, dijo a El Observador que la modificación tributaria pasará a tomarse en cuenta en el cálculo del Precio Paridad de Importación (PPI)  que realiza la Ursea todos los meses.

En relación a si se reflejará en el precio de venta al público, el presidente del ente señaló que “se evalúa cómo, dónde y desde cuándo implementar la rebaja”.

El fallo de inconstitucionalidad

En un fallo unánime, la Suprema Corte indicó que la tasa que cobraba la Intendencia por cada litro de combustible que salía en los camiones de Ducsa desde la planta de La Tablada es inconstitucional, debido a que como tasa no presentaba una "contraprestación" por parte de la comuna, y por lo tanto era un impuesto. "Un órgano departamental no puede crear un impuesto", explicó a El Observador el vicepresidente de Ancap, Diego Durand.

Según el decreto municipal 12.354 de la Intendencia capitalina, publicado en agosto de 1962, a cambio de la tasa la comuna realizaría un "régimen de inspecciones periódicas" a los vehículos de transporte de combustibles. Sin embargo, este control "nunca existió", según Durand, hecho que también vio la Suprema Corte para declarar inconstitucional la tasa.

La inconstitucionalidad es solo para Ducsa, por lo que solo aplica para las estaciones de Ancap.  De esa manera, mientras los sellos Axion y Disa no presenten un recurso y lo ganen, tendrán desventaja en comparación a Ducsa, porque la intendencia podrá  seguir cobrando la tasa como hasta ahora.

El economista José Licandro escribió este miércoles en su cuenta de Twitter que si la intendencia de Montevideo “tiene un poco de respeto institucional debería eliminar” el cobro de la tasa.

Sentencia Suprema Corte de Justicia by El Observador on Scribd

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