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Por qué las jubilaciones tendrán una corrección mínima en febrero

Las pasividades tendrán una corrección prácticamente nula en febrero porque los salarios casi no crecieron en diciembre
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29 de enero de 2021 a las 14:46

El Instituto Nacional de Estadística (INE), dio a conocer, este viernes, la evolución del Índice Medio de Salarios Nominales (IMSN), que finalizó 2020 en 7,58%. Ese será el aumento definitivo que tendrán los jubilados y pensionistas este 2021, según está definido por ley. 

Con el IMSN del período comprendido entre enero y noviembre se había establecido el ajuste de las jubilaciones provisorio que rige a partir de enero de 2021 (7,57%), y que será percibido en los pagos que se hacen en febrero.

Ahora, con el resultado del IMSN de todo el año ese piso de 7,57% tendrá un mínimo ajuste y se reliquidará la diferencia en el pago correspondiente a febrero.

De esa forma, en marzo se cobrará el aumento completo (7,58%) más un 0,01% pendiente del ajuste provisorio determinado en enero.

En el caso de aquellas personas que, por ejemplo, se hayan jubilado en los últimos 12 meses, el aumento será proporcionalmente menor, según la fecha de alta de la pasividad.

De esta forma, las jubilaciones vuelven a perder poder adquisitivo. Hasta 2019 y por 14 años consecutivos, las pasividades habían aumentado por encima de la evolución de los precios. En 2020, la inflación se ubicó en 9,4%, por lo que la corrección de 7,58 % está casi 2% por debajo de la evolución que registraron los precios.

Cómo se pagan las jubilaciones

Hace poco más de dos años la ley de Inclusión Financiera estableció que las jubilaciones y pensiones con altas posteriores a noviembre de 2015 debían cobrarse a través de medios electrónicos. Esa obligación duró poco y a fines de 2018 el Poder Ejecutivo introdujo algunas flexibilizaciones.

Ahora las personas mantienen el derecho de acceder de forma gratuita a una cuenta bancaria o instrumento de dinero electrónico para cobrar su retribución si así lo quieren, pero se les exime de la obligación de cobrar por estos medios y lo pueden hacer también en efectivo.

Es decir, que pueden optar por cobrar en efectivo en los agentes habilitados del Banco de Previsión Social (BPS), o a través de una cuenta bancaria en instituciones de intermediación financiera (BROU y bancos privados) o instituciones emisoras de dinero electrónico: Mi Dinero, Prex y Anda.

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