Economía y Empresas > Regulación

Ley de concurso: una herramienta aún insuficiente

A pesar de que la norma de 2008 implicó un considerable avance en los plazos para empresas que presentan desequilibrio patrimonial e insolvencia, los tiempos judiciales siguen sin evitar la destrucción de valor
Tiempo de lectura: -'
05 de abril de 2017 a las 05:00
En 1994 cerró sus puertas Campomar y Soulas, una firma textil que recorrió prácticamente todo el siglo XX con fuerte presencia en la industria nacional. La empresa, que a partir de su quiebra dio lugar a Agolan, se había presentado a concordato en el año 1993 y tras incumplir con los acuerdos realizados con los acreedores al día de hoy aún mantiene abierto su expediente de liquidación judicial. Una situación similar vive la paradigmática Onda, que se mantiene en liquidación 26 años después de dejar de operar.

Más recientemente, otras empresas que también supieron ser referentes en su giro han requerido de un último salvataje; Molino Florida, Foto Martín, Tiempost y La Spezia se han sumado a otras anteriores como OAS Uruguay, Molino Cereoil, Pluna, Calcusa y Cooperativa Bancaria.

Antes de la ley de Declaración Judicial del Concurso y Reorganización Empresarial de 2008
(N° 18.387), este tipo de situaciones de plazos interminables se repetían con asiduidad. El espíritu de el cambio fue simplificar la estructura, suprimir la quiebra y concordato, y establecer un procedimiento único de concurso con el objetivo de salvar, de ser posible, a la unidad productiva cuanto todavía está operativa.

"Lo que se buscó no fue mejorar el régimen existente, sino borrar y arrancar de nuevo. Además de ser una legislación muy vieja –algunas normas databan de 1866–,funcionaba muy mal porque nadie cobraba. Había quiebras y concordatos, cuando la primera en la práctica lo único que hacía era destruir valor. No había estímulo ni para el deudor ni para el acreedor porque se perdía posibilidad de crédito y en el caso del segundo los concordatos llegaban tan tarde que las empresas ya se encontraban en situaciones tan ruines que era muy improbable lograr acuerdos exitosos", recordó uno de los redactores de la ley, Ricardo Olivera García.

Según un estudio realizado en 2007 por la Liga de Defensa del Comercio (Lideco), de los 222 concursos presentados en 2002 solo el 10% había logrado hacer convenio y de esa fracción la mitad estaba todavía en condiciones de cumplir, mientras que el otro 50% ya había incumplido. A partir de impulsada dicha ley se demora en la actualidad 220 días en promedio en presentar un convenio entre deudores y acreedores en el proceso judicial.

Evitar la destrucción de valor

Uno de los puntos fuertes que introdujo la ley de 2008 fue la posibilidad de poder vender la empresa declarada en quiebra o insolvente en bloque, pero a ocho años de puesto en funcionamiento el nuevo régimen solo en cuatro casos se logró colocar a las empresas en su conjunto: Fripur, Farmacia Calveria, el cementerio Los Fresnos de Carrasco y un edificio de Maldonado. Otras tres fracasaron en el intento de venderse en bloque y terminaron siendo vendidas en partes.

Para Olivera García, lo que hay que tener claro es que las crisis son crisis, y ninguna ley, por mejor que sea, va a determinar que las empresas no tengan dificultades económicas.

Lo que busca la ley, dijo, es que ante problemas financieros se pueda llegar a tiempo al salvataje para que la destrucción de valor no sea tan profunda. "Después que se desencadena el procedimiento implica en sí mismo perdida de valor, porque la empresa ve resentido su crédito, su operativa, su reputación y su toma de decisiones, por eso lo sustancial es que los procesos sean breves. Todos los días lo que se tiene entre manos vale menos para el deudor, el acreedor, para los trabajadores y para la economía en su conjunto. Por eso la ley está pensada para que en 180 días se decida si es posible una reestructura o no. Definir si la vendemos en marcha, si sigue ese deudor, si se licita o si se debe liquidar. En un año y medio se pierden muchas oportunidades económicas", indicó. Luego de presentada a concurso, la junta de acreedores implica una negociación entre deudor y proveedor.

La posibilidad para el acreedor

Uno de los cambios más radicales que presentó la nueva legislación fue brindar a los acreedores la posibilidad de pedir concurso, opción que no era posible antes. Desde que se aprobó, 497 empresas han entrado en concurso en Uruguay; 354 lo han hecho por el mecanismo que se denomina necesario (cuando lo pide el acreedor) y 143 por concurso voluntario (se presenta el propio deudor).

Las diferencias son notorias; un tercio de los concursos voluntarios terminan en convenio y solo 5 % de los necesarios llega a esa instancia. A esto, se agrega que en caso de que el juez nombre a un síndico, el deudor es desplazado de la empresa; la otra figura posible es la del interventor, que se encarga de controlar a los empresarios en concurso.

Para el responsable jurídico de Lideco, Fernando Cabrera, lo que sucede es que cuando las posibilidades de acuerdos son reales estos se logran en plazos razonables, pero cuando no es así el deudor dilata la celebración de los convenios. "La herramienta ha permitido bajar los plazos sustantivamente. Con la ley anterior era frecuente que los expedientes duraran años. Ahora los plazos son mucho más cortos. De todas formas cuando el deudor es quien pide el concurso todavía hay posibilidades. En cambio, si se demoró, no lo presentó o lo pidió un tercero los porcentajes bajan dramáticamente", señalo Cabrera.

Una vez que el juez habilita el concurso, se abre un proceso de verificación. La empresa declara el pasivo y los acreedores tienen que presentar los documentos que respaldan la deuda.

El presidente de Lideco, Pablo Montaldo, reflexionó que si bien las causas y los problemas en las empresas pueden ser múltiples, lo mejor es pedir concurso, porque es una forma de juntar a los acreedores y negociar en conjunto.

Desde 2008, 128 concursos terminaron en liquidación y tuvieron un promedio de duración de 344 días, siendo el plazo máximo que se registró 1.373 días de una empresa del interior del país. Eso implica que de los convenios presentados 11% terminó en liquidación (remate de sus bienes) porque las empresas deudoras no pudieron cumplir con los convenios, mientras que 89% está aún en condiciones de hacerlo, ya sea porque no ha llegado la fecha de comenzar con los pagos, o los atrasos son tolerados por sus acreedores.

Limitantes de lo teórico a lo práctico

Si bien la ley buscó tomar una cantidad de principios que se habían ido formulando en el derecho concursal internacional, para Ricardo Olivera García hay aspectos que han funcionado bien y otros no. Para uno de los redactores de la norma, se debería haber previsto una etapa pre concursal, "porque al jugarse a que todo se resolviera dentro del proceso judicial terminó por ser una limitante".

Otros problemas que encuentra Olivera García, es la falta de evaluación a los agentes judiciales que actúan en el proceso (síndicos o interventores), que surgen de una lista que elabora la Suprema Corte de Justicia y esta no se renueva o no es depurada.

En tanto, a uno de los temas centrales y que la ley no logró resolver a pesar de las expectativas creadas –que era la venta de empresas en bloque–, Olivera García lo justificó aludiendo que muchas veces los jueces se demoran demasiado aplazando juntas de acreedores o estirando procedimientos en forma innecesaria, lo que produce un deterioro en el valor estructural de la empresa. Aunque los plazos han significado un gran avance con respecto a la legislación anterior, el experto cree que aún no son suficientemente breves.

23

empresas entraron en concurso en lo que va de 2017; 20 en Montevideo y tres en el interior del país.

4

han logrado ser vendidas en bloque después de ocho años de promulgada la ley sobre concursos y reorganización empresarial

Comentarios

Registrate gratis y seguí navegando.

¿Ya estás registrado? iniciá sesión aquí.

Pasá de informarte a formar tu opinión.

Suscribite desde US$ 345 / mes

Elegí tu plan

Estás por alcanzar el límite de notas.

Suscribite ahora a

Te quedan 3 notas gratuitas.

Accedé ilimitado desde US$ 345 / mes

Esta es tu última nota gratuita.

Se parte de desde US$ 345 / mes

Alcanzaste el límite de notas gratuitas.

Elegí tu plan y accedé sin límites.

Ver planes

Contenido exclusivo de

Sé parte, pasá de informarte a formar tu opinión.

Si ya sos suscriptor Member, iniciá sesión acá

Cargando...