El Poder Ejecutivo firmó este lunes el decreto que reglamenta la Ley Integral para Personas Trans, aprobada en octubre del año pasado. A partir de este lunes, podrán empezar a realizarse los trámites comprendidos en la norma.
El Ministerio de Desarrollo Social (Mides) dio una conferencia de prensa este martes para explicar cómo se llevará adelante cada una de las partes de la Ley 19.684. Allí, el director de Promoción Sociocultural de la cartera, Federico Graña, se refirió al trámite de la identidad de género, al acceso al subsidio reparatorio para las personas trans nacidas antes de 1976; al derecho a becas educativas y a cupos laborales.
A partir de esta ley, el cambio de nombre se convierte en un trámite administrativo y deja de ser un trámite judicial. El primer paso que la persona tiene que dar es completar un formulario disponible en la web del Registro Civil y del Mides. El documento debe ser presentado a través de mail, web o personalmente ante la Comisión Asesora Honoraria de Cambio de Identidad y Género, o por intermedio de los Centros MEC y las oficinas territoriales del Mides.
Luego, el solicitante tiene que asistir a una entrevista con la Comisión, que tiene un plazo de 30 días hábiles para dar respuesta.
¿Pueden los menores de edad y personas extranjeras iniciar este proceso? Sí, aunque hay algunas restricciones. Los menores tienen que tener el permiso de un representante legal, que no necesariamente tiene por qué ser uno de sus padres. Los extranjeros, en tanto, tienen que acreditar domicilio en Uruguay y deben presentar la partida de nacimiento inscripta en el Registro de Extranjeros que lleva la Dirección General del Registro de Estado Civil.
Cambio de sexo
Los menores de edad no podrán realizarse intervenciones quirúrgicas irreversibles. Las personas mayores de edad, en cambio, podrán acceder a todo “aquello que se vincule a la adecuación del cuerpo a la expresión de género”, según detalla el Mides en la sección "Preguntas y respuestas sobre la Ley Integral para Personas Trans" del sitio web institucional.
Régimen reparatorio
Este beneficio económico de 3 BPC —$12.462, según los valores actuales— solo será otorgado a personas trans nacidas antes del 31 de diciembre de 1975 que puedan probar haber sido víctimas de violencia institucional o privadas de libertad por su identidad de género. El Mides recibe las solicitudes en su sede central (Av. 18 de Julio 1453, oficina 203), a través del correo [email protected], en las oficinas territoriales del Mides, y a través del sitio web de la cartera.
Para evaluar las solicitudes se creó una Comisión Especial Reparatoria, integrada por un representante y un suplente del Mides, de los ministerios del Interior y de Economía y Finanzas (MEF), un representante del Banco de Previsión Social y dos integrantes de organizaciones de la sociedad civil.
No podrán cobrar las personas trans que reciban jubilación, retiro, pensión o subsidio transitorio por incapacidad parcial, así como ingresos superiores a 15 BPC ($62.310), calculados en promedio anual.
Trabajo
La ley estipula que el 1% de los llamados públicos deberán ser dados a personas trans. Las inscripciones serán a través de Uruguay Concursa o en las páginas de internet de los organismos convocantes. Sin embargo, durante el 2019, por ser año electoral, solo habrá llamados en INAU, ASSE, Hospital de Clínicas de la Universidad de la república, la Central de Servicios Médicos del BSE y del Área de Salud del BPS.