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Los 384 kilómetros que separan a un sospechoso de la cárcel

Fiscal pidió prisión para un supuesto asesino pero la decisión aún está en camino
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11 de diciembre de 2017 a las 05:00
Un joven de 17 años de Paysandú acusado de matar a otro de 21 a cuchillazos, para quien la Fiscalía solicitó prisión preventiva el martes 28 de noviembre, continúa en libertad este lunes –a dos semanas de su detención– porque aún no ha llegado un expediente desde Montevideo.

Ese escrito contiene el fallo de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) en donde se desestima el recurso de inconstitucionalidad que planteó la defensa del acusado, y que generó que la jueza Gabriela Azpiroz detuviera las actuaciones, dejara en suspenso el pedido de la Fiscalía de la formalizar el juicio con prisión preventiva para el indagado, y remitiera el caso a la SCJ.
La defensa aludía una contradicción entre el Código de la Niñez y la Adolescencia (CNA) y el artículo 223 del nuevo Código del Proceso Penal (CPP).

De acuerdo al criterio de los abogados, esa oposición vulneraba el principio de igualdad consagrado en la Constitución, ya que el CNA establecía que la prisión preventiva para los menores de entre 15 y 18 años debería ser obligatoria, cuando para los adultos la ley establece que esa medida cautelar debe ser solicitada necesariamente por la Fiscalía.
Es decir, que los menores estaban recibimiento un tratamiento distinto al de los adultos cuando cometían delitos graves.

Pero la SCJ, por unanimidad de sus ministros, saldó la discusión al dictaminar que "fue claro el fin dilatorio que persiguió la defensa del adolescente encausado con la oposición de la excepción de inconstitucionalidad de una norma que, en definitiva, no resultaba lesiva del interés de su patrocinado".
Los ministros entendieron, además, que el encarcelamiento preventivo para el joven se justificaba de todos modos "por la gravedad de la infracción a la ley" y no por que el CNA establezca esa medida por obligación.

Demora

La sentencia aún no recorrió los 384 kilómetros que separan la sede del Poder Judicial del Juzgado Penal de 8º turno de Paysandú. Fuentes judiciales confirmaron a El Observador que ello no pudo ocurrir antes de este lunes.

Recién el viernes 8 se venció el plazo establecido de tres días que otorga la Suprema Corte para que las partes puedan interponer eventuales recursos al fallo.
Y luego están los tiempos naturales insumidos en la burocracia que hay detrás para que el expediente sea puesto en un coche y transportado al lugar de destino. Aunque, según las fuentes, se entiende que en casos de cierta "urgencia", como es este caso, ese proceso puede agilizarse.

"A mí me hubiera gustado que esto se resolviera antes", dijo la fiscal actuante Carolina Martínez, consultada por El Observador acerca de si no consideraba excesivos estos plazos.
A su entender, el sospechoso se trata de un homicida según lo evidencian los elementos de prueba que ya tiene reunidos desde hace dos semanas.

"No es ventajoso para nosotros esta situación, pero es lo que corresponde desde el punto de vista procesal", puntualizó la fiscal del caso.

Premura

Pese a que, según las estadísticas del Poder Judicial, la Suprema Corte de Justicia demora entre cinco y seis meses en fallar sobre la constitucionalidad de las leyes, en este caso tardó a penas cuatro días hábiles. Sucede que varios defensores públicos ya habían asumido que plantearían la misma irregularidad en todos los casos similares. Es así que un error en la legislación podía dejar en libertad transitoria a varios homicidas de entre 15 y 18 años.

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