28 de mayo 2014 - 18:07hs

La Cámara Nacional de Comercio y Servicios (CNCS) presentó ante Presidencia un “recurso de revocación" contra un artículo del decreto que regula la producción y consumo de marihuana, al que considera un “disparate”, reveló a El Observador el gerente de esa gremial empresarial Carlos Piacenza.

El ejecutivo explicó que el recurso fue presentado por la CNCS en su carácter de empleador, la que decidió "pregonar con el ejemplo porque se siente agraviada” y entiende que es "un disparate" que quede en manos de una comisión integrada por el sindicato la facultad de sancionar a trabajadores que sean encontrados bajo los efectos de esa droga en sus lugares de trabajo.

Según informó El Observador días atrás, la CNCS recibió “varias consultas” de empresas extranjeras, algunas multinacionales, “preocupadas” porque entienden que la ley que reglamentó la producción y consumo de marihuana "vulnera sus libertades” en cuanto a la forma de actuar frente al caso de trabajadores que sean encontrados en sus labores bajo los efectos del cannabis. Según pudo saber El Observador, entre las empresas involucradas se encuentran el gigante sojero Monsanto y la planta de celulosa UPM

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El poder del sindicato
El artículo 42 del decreto reglamentario de la ley establece expresamente que “queda prohibido fumar, mantener encendidos, consumir o ingerir productos de cannabis durante la jornada de trabajo, sea en los lugares de trabajo o en ocasión de trabajo y en general el tiempo en que el trabajador se encuentre a la orden del empleador. También establece la prohibición de “laborar cuando el trabajador tenga afectada su capacidad para la realización de sus tareas debido al consumo previo de cannabis psicoactivo.

El problema empieza a la hora de una eventual penalización del infractor ya que la reglamentación de la ley prevé la creación de “comisiones bipartitas de seguridad y salud en el trabajo” y allí empieza a tallar el peso de los gremios.

La reglamentación establece que “en los casos que no esté debidamente instalada la comisión referida deberá procederse de la misma manera con la organización sindical de base, y de no existir la misma, con la organización sindical de rama. Por ejemplo, si un trabajador de una fábrica metalúrgica es encontrado fumando un porro en una fábrica de tornillos, primero se hará lugar a la voz del sindicato de base de la empresa y luego, llegado el caso, pesará la voz del gremio de esa rama fabril, en ese caso la Unión Nacional de Trabajadores del Metal y Ramas Afines (UNTMRA).

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