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Qué dice el proyecto de ley sobre la ciberdelincuencia y qué opinan los abogados

Aseguran que un marco legal es "imperioso y urgente" para enfrentar a los atacantes en internet
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27 de julio de 2021 a las 05:04

El diputado de Cabildo Abierto Sebastián Cal propuso un proyecto de ley en el que pretende tipificar como delitos algunas acciones que suceden en internet. 

"La velocidad de los cambios tecnológicos complejiza mucho el objetivo de concertar una regulación en donde se prevean o se definan todas y cada una de las diferentes situaciones que se puedan plantear a diario en los referidos canales", indica en la exposición de motivos del texto, que es acompañado por legisladores de la coalición multicolor.

Cal expuso que es "imperioso y urgente" crear un marco legal para enfrentar a la llamada ciberdelincuencia y proteger a los usuarios que son víctimas de actividades fraudulentas.

Qué va a tipificar

Stalking o acoso telemático

Es quien pretenda obligar a otra persona a hacer o dejar de hacer alguna cosa contra su voluntad o la acose desarrollando de forma insistente y reiterada la vigilancia persecución o búsqueda de cercanía física.

También divulgando o mostrando o difundiendo imágenes, videos o cualquier tipo de grabación o contenido íntimo a través de las redes sociales, servicios de mensajería instantánea o cualquier plataforma digital.

En este caso se puede castigar con tres meses de prisión a tres años de penitenciaría. Si la víctima es un menor o hay adultos incapaces o vulnerables, pueden sumarse agravantes especiales.

Acercamiento físico o virtual, o más conocido como grooming

Si un adulto se contacta con un menor de 16 años, de forma directa o mediante un tercero a través de internet, teléfono o cualquier otro medio telemático, proponiéndole concertar un "encuentro de naturaleza sexual, pornográfico o exhibicionista" será castigado con seis meses de prisión a cuatro de penitenciaría.

Si un adulto contacta a un menor 16 años tendientes a que facilite ese contenido pornográfica o le muestre también será castigado. Y suma como agravantes que las actividades se ejecuten mediante coacción, intimidación o engaño, que haya un vínculo de afinidad o parentesco o que se realice con un menor con discapacidad o deficiencias físicas o psíquicas.

Estafa informática

Quien abuse de los sistemas informáticos o induzca a un error a alguna persona para procurarse a sí misma o a un tercero un provecho podría terminar en prisión de seis meses a cuatro años.

Esto implica la tenencia de programas, apps u otro sistema informático que busque obtener datos de cuentas bancarias o tarjetas de crédito. Realizar "manipulaciones informáticas" que impliquen la realización de operaciones financieras no consentidas. Y usar cualquier tipo de tarjeta, cheques o códigos para realizar transacciones u operaciones "no consentidas" en perjuicio de su titular o terceros.

Daños informáticos

Quien por cualquier medio tecnológico decida borrar, dañar, destruir, deteriorar, obstaculizar, alterar suprimir o haga inaccesible datos, programas, sistemas o apps o documentos electrónicos sin "autorización expresa de sus titulares" será castigado con seis meses a cuatro años de prisión.

Acceso ilícito a datos informáticos

Quien mediante medios informáticos "vulnere la intimidad de otro" y acceda, se apodere o intercepte mensajes de correo electrónico, documentos, archivos o cualquier otro dato disponible en soporte digital y luego los transmite, grabe o reproduzca será castigado.

Vulneración de datos

Quienes se apoderen, utilicen o modifiquen datos reservados de terceros en soportes informáticos sin autorización de su titular también recibirá un castigo.

Suplantación de identidad o phishing

Quien usurpe o adopte una identidad de otra persona física o jurídica utilizando cualquier herramienta tecnológica y luego obtenga datos, accediendo a redes sociales o cuentas bancarias puede ser castigado de uno a seis años de prisión. Esta modalidad de ciberdelincuencia es la que se llama phishing y es la modalidad en la que más caen los uruguayos.

Terrorismo digital

Quien acceda "de manera habitual" a servicios de comunicación electrónica, adquiera documentos o tenga contenidos que faciliten incorporarse a un grupo terrorista puede ser castigado por uno a seis años de prisión.

Abuso de los dispositivos

El proyecto de ley busca penalizar a quienes adquieran, importen o comercialicen programas informáticos o contraseñas de acceso para cometer determinado delito. En ese caso también se prevé una pena.

Campañas de educación

El proyecto de ley busca llevar a cabo campañas educativas para estudiantes de Secundaria con el objetivo de dar herramientas para el manejo de finanzas personales y ciberseguridad.

Qué piensan los abogados uruguayos

El abogado Andrés Ojeda dijio que es "una señal importantísima" que el Parlamento se meta en este tema. Recordó que desde la comunidad académica "ha habido reclamos" para que Uruguay legisle en el asunto.

"El delito de estafa tradicional no cuadra en temas cibernéticos y es una complicación para castigar", opinó.

Ojeda comentó que Uruguay tenía dos debes. Uno de ellos es el convenio de Budapest, aprobado en 2001. Se trató del primer tratado internacional creado con el objetivo de proteger a la sociedad frente a los delitos informáticos. El otro es llevar adelante una legislación propia.

Pablo Schiavi, otro abogado estudioso de las nuevas tecnologías, valoró que se ponga este tema arriba de la mesa. "Más allá de estar o no de acuerdo con algunos de los artículos, lo más importante es que esté en la agenda política y pública", dijo.

Agregó que en todo abordaje de regulación de nuevas tecnologías se deberían contemplar los derechos digitales, la educación y la ciberdelincuencia. En este caso, puntualizó Schiavi, solo se contemplan los dos últimos. 

Schiavi considera que se necesita discusión sobre este asunto ya que la dificultad es que no hay antecedentes sobre el tema. "Tenés que tener mucho cuidado porque no estás regulando faltas administrativas sino delitos con penas", manifestó.

El abogado Ignacio Durán celebró la iniciativa del legislador. "Nosotros como operadores jurídicos veníamos reclamando regulación específica en la materia como lo tiene la gran mayoría de los países", manifestó.

Recordó que el Código Penal uruguayo es de 1934 y no existía ninguna de las formas de delitos que permite hoy la tecnología. 

Calificó como "brutal" el crecimiento de delitos informáticos en el último año debido a la pandemia, "Hubo mucha inventiva", dijo. "Mucha gente a través de un teclado o un celular aprovechó para delinquir cometidas con medios tecnológicos", señaló.

"Hay que ser muy cuidadosos en estos campos porque ninguno de nosotros está preparado para manejar la tecnología que un smartphone nos proporciona y podríamos incurrir en algunas de estas conductas por desconocimiento", manifestó.

Muracciole considera "fundamental" que intervenga la Cátedra de Derecho Penal para "valorar esta propuesta" y "armonizar estos delitos y sus penas".

Bárbara Muracciole, abogada y máster en protección de datos, opinó que ya hay figuras estipuladas en este proyecto de ley que están tipificadas en el Código Penal. "Y otras que permitirían que un error o una broma tipifiquen un delito", indicó.

 

La última iniciativa en este asunto había sido promovida por el diputado Tabaré Viera en 2016. En ese momento, el hoy senador colorado, para penar la ciberdelincuencia y los delitos informáticos. Pero no tuvo el respaldo político suficiente y su idea naufragó. Hoy, cinco años después, el tema vuelve a tener visibilidad. 

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