Desde este martes, la Corte Electoral habilitó un canal web para justificar no haber votado en el referéndum sobre los 135 artículos de la LUC, realizado el 27 de marzo. Las personas que quieran hacer este trámite tendrán tiempo hasta el 29 de abril.
Los motivos por los que se puede justificar la inasistencia a las urnas son: fuerza mayor, razones médicas, o estar fuera del país el día de la elección.
Para justificar la falta por razones médicas deberá presentar un certificado médico con timbre profesional, salvo que el certificado sea expedido por "un establecimiento asistencial o de asilo", indica la Corte Electoral.
La persona que desee justificar su inasistencia por haber salido del país deberá presentar documentos que prueben su fecha de salida del país, y tendrá 30 días para hacer el trámite desde su llegada a Uruguay.
Además, las personas que vivan fuera del país deben presentarse en un plazo de 20 días previos o posteriores a la elección para notificar que no estarán en el territorio nacional el día de la elección.
En cuanto a las razones de fuerza mayor, también se deberá presentar una prueba documental que certifique la situación. Las juntas electorales de cada departamento se encargan de analizar estos casos.
Quienes no hayan asistido a votar y no puedan o no justifiquen su falta deberán pagar una multa de 1 unidad reajustable (UR), que tiene un valor de $ 1.428,01.
Si la persona que no asistió es funcionario público o profesional universitario, la multa se duplica a 2 UR, es decir $ 2.856,02.
La multa también se paga a través de la web de la Corte Electoral.
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