28 de noviembre 2024
Dólar El Observador | Auspicio BROU Cotizaciones
Compra 41,85 Venta 44,25
2 de mayo 2023 - 11:02hs

Los titulares de servicios personales  tienen  plazo hasta este martes 2 de mayo para realizar la declaración jurada anual de aportes al  Fondo Nacional de Salud (Fonasa), correspondiente al ejercicio 2022, según el calendario de  vencimientos del Banco de Previsión Social (BPS). Se estima que unos 86 mil titulares de servicios  personales deben presentar declaración.

¿Quiénes están obligados a presentar la declaración?

Están comprendidos en esta obligación quienes tienen actividad fuera de la relación de dependencia: los profesionales (afiliados a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios), escribanos (pertenecientes a la Caja Notarial de Seguridad Social) y titulares de servicios personales no profesionales (que prestan servicios a través de empresas unipersonales, sociedades de hecho o sociedades civiles y tributan a BPS).

¿Qué información debe ingresar en la declaración jurada?

Los usuarios deben completar los siguientes datos: el importe facturado sin IVA –por concepto de prestación de servicios personales–, el monto imponible de Fonasa, que surge de aplicar a los importes facturados sin IVA y la alícuota según se trate de un contribuyente de IRPF (70%) o IRAE (el porcentaje que corresponda), según informa el banco.

Más noticias
  • Asistente en línea, en el servicio Servicios Personales: Declaración Jurada anual Fonasa.
  • Teléfono: 0800 2001, opción 0. Aquí los titulares que tengan su código PIN también pueden realizar consultas específicas sobre su situación particular.
  • Correo electrónico: mediante el servicio Consúltenos, tema Empresarios, motivo Servicios Personales.
  • Presencialmente: en Montevideo: Sarandí 570 (planta baja) y Colonia 1921 (planta baja). En el Interior: en sucursales y agencias de todo el país, sin agenda previa.

En caso de que la declaración se presente fuera de plazo, se deberá abonar una multa de 1 Unidad Reajustable (UR) equivalente a $ 1.579.

Para la presentación de la declaración que corresponde al ejercicio vigente, debe tener en cuenta que, si se encuentra omiso en la de los ejercicios anteriores en los que tuvo actividad, debe presentarlas en primer lugar.

La declaración se realiza enteramente en línea y no requiere trámite presencial.

 

 

Temas:

Declaración Fonasa

Seguí leyendo

Te Puede Interesar

Más noticias de Argentina

Más noticias de España

Más noticias de Estados Unidos