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Taxistas sin sanción

Si bien las normas nacionales defienden la libertad de circulación, las autoridades dicen que no tienen medios para impedir los piquetes contra Uber
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02 de junio de 2016 a las 05:00
En noviembre de 2015, bajo el lema "fuera Uber", unos 400 taxis bloquearon el tránsito por varias horas en en la calle Colonia. Otras manifestaciones similares se repitieron con el comienzo de las operaciones de la multinacional, y en enero, en una misma semana, taxistas interceptaron en dos oportunidades a conductores de Uber, impidieron su paso, y los obligaron a permanecer en el lugar hasta que llegara la Policía.

Las manifestaciones volvieron en abril con un piquete a la entrada de la MoWeek y la presión para retirar la publicidad de la empresa. Luego vinieron más cortes de tránsito en el centro de la ciudad, en una escalada que derivó en una persecusión a uno de los choferes desde Plaza Independencia a Carrasco. Ese caso terminó con el procesamiento sin prisión a un taxista por un delito de justicia por mano propia.

La semana pasada, los taxistas bloquearon 18 de Julio frente a la Intendencia y este martes el conflicto tuvo un nuevo punto de tensión, cuando sobre el mediodía un grupo de taxis se concentró en varios puntos del Centro y emboscó a un conductor que trabajaba para Uber. Además, le impideron la ciculación mientras inspectores de la comuna llegaban al lugar para multar y retirar las chapas del vehículo.

Pese al corte del tránsito, y a que la normativa nacional en esa materia tiene como principio general la libertad de circulación, y prohíbe a los vehículos, por ejemplo, estacionarse en lugares donde puedan ser un obstáculo, la directora de Movilidad de la comuna, Beatriz Tabacco aseguró a El Observador que en esos casos no se procedía a multar, como se haría con cualquier particular que obstruye la circulación, por tratarse de una medida gremial.

En un sentido similar, fuentes del Ministerio del Interior dijeron a El Observador que si bien hay un mandato presidencial que decreta la libre circulación, ese tipo de manifestaciones son difíciles de prever y una vez establecido el bloqueo, no se cuenta con las herramientas para desmantelarlo.
Mientras que la comuna asegura que es un tema de seguridad pública en el que quien tiene injerencia es el ministerio, desde la cartera afirman que la intendencia también debe garantizar la circulación.

Si bien la Policía debe pedir que se deje la calle libre, y puede hacer uso legal de la fuerza, no tiene los medios para proceder a retirar los vehículos, aseguraron las fuentes. Así, ante una actividad irregular como la de Uber, y la organización de varios actores en su contra que incumple voluntariamente las normas, el tránsito colapsa y las autoridades se muestran maniatadas.

Por lo pronto, el intendente Daniel Martinez anunció ayer que no multará más coches de Uber cuando el caso llegue a través de una emboscada de taxistas.

"Contra el Estado de Derecho"


Con ese tipo de "piquetes", y sin una acción de las autoridades impera la "ley del más fuerte", dijo a El Observador el experto en Derecho Laboral Gustavo Gauthier. "El que tiene más poder se impone en los hechos y eso va contra el Estado de Derecho", agregó. La Constitución de la República establece en su artículo 7º que "los habitantes de la República tienen derecho a ser protegidos en el goce de su vida, honor, libertad, seguridad, trabajo y propiedad", por lo que ningún grupo puede arrogarse la facultad de impedir el libre tránsito, explicó.

El hecho de que se trate de una actividad sindical, "no es un argumento" válido para no multar a los taxistas, ya que la intendencia debe preservar la libertad de tránsito de los ciudadanos, agregó.

"No existe impedimento jurídico de ningún tipo para sancionar a cualquiera" que obstruya la circulación, dijo. De lo contrario "ninguna actividad gremial podría ser limitada", señaló.

El penalista Mario Spangenberg, había afirmado en enero que en el caso del bloqueo a trabajadores de Uber y el impedimento del paso, las acciones de los taxistas podrían constituir un delito de violencia privada, que se da cuando se fuerza la voluntad de otro con violencia o amenazas.

El artículo 288º del Código Penal establece que comete esta infracción "el que obligare a alguno a hacer, tolerar o dejar de hacer algo contra su propio derecho". Además, explicó, cuando alguien obstruye y no deja movilizar a otra persona hay un delito de privación de libertad, y es un delito más grave.

En esa línea y con respecto a los llamados "piquetes", un artículo del estudio Ferrere Abogados publicado en 2008 señala que "es ilícito toda vez que vulnere derechos fundamentales como la libertad de trabajo, de empresa, de circulación, de conciencia, el derecho a la propiedad y el libre ejercicio productivo de los bienes, a la igualdad ante la ley y a la seguridad jurídica (Artículos 7, 8, 10, 32, 36 y 53 de la Constitución)". Y conicide con que al realizarlos "pueden configurarse ilícitos penales como el delito de violencia privada o amenazas".

Consultado por El Observador, el abogado Martín Risso dijo que si bien no considera que ni en el corte de la circulación ni en la emboscada haya "algún tipo de ilicitud", al partir de la base de que la aplicación es ilegítima se da una situación compleja en la que "la respuesta por parte de algunos taxistas indudablemente puede ser excesiva".

Por más que se trate una actividad gremial como dice la comuna, dijo, tiene que ser "razonablemente transitoria", y en caso contrario, tanto la intendencia como la Policía son responsables de desalojar.

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