Una demanda laboral del exjefe de recursos humanos de la Asociación de Escribanos del Uruguay (AEU) por despido indirecto y acoso laboral reveló pagos en negro, y una deuda que asciende a los $ 9 millones (unos US$ 255 mil) por haberes impagos. Si bien la Justicia no hizo lugar al reclamo del trabajador por acoso, acogió la demanda en parte y aceptó que existió maltrato y amenazas.
La asociación apelará el fallo de la justicia laboral de 13 turno este viernes, informó la presidenta de la institución, Ana María Ramírez que sólo se limitó a informar a El Observador que el juicio sigue. También el involucrado tiene previsto apelar la sentencia por entender que se configuró el acoso laboral.
El trabajador, que se desempeñó como encargado de recursos humanos durante diez años en la asociación -entre 2008 y 2018-, alegó que al renunciar el gerente de la institución la nueva directiva pidió una auditoría, que constató que "se pagaban partidas por viajes a las filiales de la AEU en el interior que se efectuaban sin los aportes correspondientes". Esas partidas consistían en un 18% por día del sueldo del empleado que realizaba la tarea. El jefe de RRHH era uno de los que cobraba las partidas, según surge en la sentencia a la que accedió El Observador.
El demandante contó que además la práctica de recursos humanos era que ante una renuncia o jubilación de un funcionario, la institución le abonaba el equivalente a entre ocho y diez sueldos sin aportes a la Caja Notarial… “la propia directiva decidía a diestra y siniestra pagar despidos en negro sin aportar a la Caja Notarial”, declaró.
En el juicio, la asociación respondió que la auditoría detectó que en mayo de 2015 "sin mediar resolución de la comisión directiva se dejaron de realizar los aportes correspondientes a una partida de viáticos provocándole a la institución una deuda de 9 millones de pesos. Además los empleados comenzaron a percibir la partida nominal como si fuera líquida, es decir que todo lo abonado lo percibía el trabajador", y planteó que el jefe de recursos humanos fue uno de los beneficiados con esa partida. Agregó que el actor "conocía el resultado que tendría la auditoría y la investigación administrativa y por eso decidió anticiparse primero certificándose y luego provocando el supuesto despido indirecto".
El trabajador en cambio, alegó que tenía conocimiento de que existían partidas en negro, pero “acataba las órdenes de los superiores”, ya que le “aterrorizaba” quedarse sin trabajo. Al quedar al descubierto esa situación, dijo que se lo trató “de forma grosera e irrespetuosa” y se lo “increpó” responsabilizándolo de las maniobras, frente a lo cual se ofreció a pagar los aportes con sus propios ingresos y a realizar las reliquidaciones correspondientes, pero que no se aceptó su propuesta.
El jefe de recursos humanos afirmó que toda la situación provocó un "clima hostil" del resto de sus compañeros hacia su persona, y comenzaron a circular falsos rumores de que su sueldo en ese momento ascendía a $200 mil por mes.
Alegó que la “situación de hostigamiento” posterior le llevaron a tener problemas físicos y psicológicos que fueron certificados por tres especialistas médicos y determinaron el otorgamiento del subsidio por enfermedad y su prórroga.
Entre otros argumentos planteó que se realizó un congreso sobre mobbing (acoso laboral) "cuya temática atañe al sector de Recursos Humanos y la designada para ir fue la encargada de compras", y que en agosto de 2017 le comunicaron que lo iban a trasladar a otra oficina sin explicar los motivos resultando que su escritorio pasó a un depósito sin ventana, ventilación ni un ventilador. “En esa pocilga experimentó ahogamiento, claustrofobia y agobio extremo”, dice la sentencia citando lo planteado por el trabajador.
La justicia le dio la razón a la AEU en cuanto a que no existió acoso ya que para que se configure se requiere probar que existió un comportamiento hostil que tiene lugar en el trabajo, que es frecuente y persistente y que le ocasiona al trabajador un daño o enfermedad psicológica o psicosomática, y esto no se comprobó en opinión del juez. Si bien "se probó que se le dijo que podía ir preso, eso tampoco implica un acoso a no ser que se hiciera en forma sistemática, por un lapso prolongado", dijo el juez.
Pero sí entendió que se probó que el trabajador fue "objeto de amenazas y malos tratos por parte de integrantes de la Comisión Directiva y esto no puede ser aceptado" por lo que hizo lugar al reclamo por despido indirecto, daños y perjuicios, y multa hasta por pago de $ 1.150.437 (unos US$ 32 mil).