Economía y Empresas > Fallo laboral

Un Whatsapp tiene valor de una “carta de renuncia”, según Tribunal de Apelaciones

Este medio de comunicación es cada vez más normal para terminar con vínculos laborales
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09 de enero de 2020 a las 15:18

El Tribunal de Apelaciones de 2do turno revocó una sentencia en primera instancia que había desestimado como carta de renuncia un mensaje de Whatsapp y en su fallo asegura que “atendiendo a las particularidades del caso”, se concluye que la comunicación por este medio tiene el mismo valor. 

Según el fallo divulgado por la revista especializada La Ley Uruguay, y recogido por el semanario Búsqueda este jueves, “la renuncia es un acto de voluntad del trabajador que por poner fin al vínculo laboral, debe ser libre y no condicionada, representando la decisión de desvinculación tomada en forma autónoma y sin vicios del consentimiento”.  

El fallo firmado por las ministras Verónica Scavone, Nanci Corrales y Silvana Gianero, asegura que en el derecho local no existen “requisitos de solemnidad” con respecto a la denuncia. “Si bien es cierto que reiteradamente la jurisprudencia ha dicho que la prueba debe ser contundente y clara, no resulta un requisito excluyente para su acreditación que haya sido otorgada mediante un medio tecnológico, más aun cuando la trabajadora también comunicaba a su empleador a través de dicho medio, por ejemplo, que no iba a concurrir a trabajar, pedía adelantos o consultaba si se podía reintegrar”, explica el fallo recogido por el semanario. 

La trabajadora pedía una indemnización por despido indirecto mientras que la empresa mostraba como prueba un mensaje de Whatsapp en el que había renunciado. El juezo de Young Marcelo Silva concedió a la mujer la indemnización por despido indirecto pero la decisión fue revocada por el Tribunal de Apelaciones. La trabajadora debía reintegrarse a trabajar 8 horas, luego de estar con medio horario por maternidad y en el mensaje aseguraba que no iba a poder por sus hijos. 

El abogado de derecho laboral y socio de Guyer & Regules, Leonardo Slinger, dijo a El Observador que cada vez es más común que mensajes enviados por Whatsapp sirvan como prueba en un juicio laboral. “Hay casos en los que empresas despiden a trabajadores que viven en las llamadas zonas rojas, donde Antel no entrega telegramas, por Whatsapp. No tenés otra forma”, explicó el laboralista. 

De todas formas, la persona a la que le llega el mensaje puede decir que no lo recibió o que no lo leyó. Ahí los mecanismos que tiene la propia aplicación para decir si la persona leyó o no el mensaje pueden servir en el juicio pero depende de cada caso. Slinger aseguró que Whatsapp se está volviendo un medio de prueba y que se busca formas de respaldarlo. “He visto capturas de pantallas acreditadas por un escribano”, explicó. 

Además, aseguró que él ha participado en casos en los que mensajes de Whatsapp son utilizados como pruebas de notorias malas conductas para despedir a un trabajador. 
 

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