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Mató a su expareja pero para la Justicia no fue femicidio: ¿qué argumentos dio la jueza?

La jueza de la causa consideró que no se presentaron pruebas que demostraran que el hombre mató a la mujer por su condición de género
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27 de septiembre de 2018 a las 09:54

La fiscal de Violencia Doméstica, Mariela Luzi, apelará un fallo de la Justicia que negó la tipificación de femicidio al asesinato que cometió un hombre de 56 años contra su pareja, el 19 de marzo de este año. Ese día, ingresó al comercio que atendía la mujer y la apuñaló, pese a que tenía una prohibición de acercamiento a menos 1.000 metros debido a una denuncia por violencia doméstica emitida un mes antes.

Sin embargo, la sentencia emitida por la jueza Graciela Estuachio determinó que el asesino irá a prisión, por un homicidio especialmente agravado, pero por 14 años. Si hubiese sido tipificado el femicidio, esa condena hubiese sido por 26 años y ocho meses.

La magistrada dijo en rueda de prensa que no se presentaron pruebas que acreditaran que el asesinato fuera motivado “por una aversión hacia la mujer por su condición de tal, sino que el homicidio tuvo otro motivo, que era el sentimiento de que había sido objeto de una maniobra por parte de la víctima”.

De esta forma, Eustachio dio por bueno el alegato que presentó el abogado del agresor, el defensor de oficio Diego Moreira. En una audiencia de comienzos de setiembre, se preguntaba: "¿Proteger es violencia?, ¿dar seguridad económica es violencia? Puede ser en algunos casos, pero acá no lo es. El hecho del homicidio no se discute, sí las agravantes. En cuanto al femicidio, es clarísimo que no estamos ante una muerte por la condición de mujer de la víctima sino por una estafa a la que fue sometido su defendido y que quedó probada en juicio".

Según declaró el imputado, se sentía estafado porque cuando se mudaron a fines de 2017 a Montevideo –vivían en Playa Pascual, San José–, y arrendaron una casa para instalar un almacén, fue él quien realizó las inversiones de ese negocio. Meses después, de acuerdo a su relato, la relación entre ambos se tornó “áspera y distante” hasta que el 20 de marzo de este año la mujer lo denunció en el juzgado de Familia Especializado y se le impuso “el retiro del hogar y la prohibición de acercamiento”.

El hombre, entonces, se quedó en la calle, y la mujer trabajando en el negocio que fue instalado con su dinero. El imputado envió entonces una carta a la Fiscalía, en respaldo a una denuncia que elevó por estafa.

"Cómo es posible –escribió–  que (ella) esté con el negocio abierto facturando y yo, que pagué todo, en la calle y sin trabajo, quién se hace cargo de lo que pasé y lo que perdí en estos días... Quiero trabajar, que me devuelvan lo mío y se marchen... Es obvio que toda esta maniobra es una estafa utilizando la herramienta de la denuncia de género porque conoce bien las consecuencias para el hombre", decía.

En su fundamentación, la jueza Estuachio concluyó que “independientemente de que el imputado tenga o no razón en lo que afirma, extremo que no corresponde analizar en este juicio, lo cierto es que surge plenamente probado que su accionar delictivo fue motivado por el hecho de sentirse ‘estafado’”.

Y añadió que si el asesino sentía enojo, odio o desprecio hacia la víctima, “esos sentimientos no eran por causa de su condición de mujer, sino por haberse sentido ‘estafado’ por ella”.

La fiscal Luzi ya anunció que apelará el fallo.

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