7 de enero 2026 - 5:00hs

Un grupo de damnificados prepara para después de la feria judicial de enero la presentación de un nuevo pedido de concurso necesario, luego de que el declarado por la justicia concursal en julio fuera revocado por un tribunal de apelaciones. Según dijeron a El Observador abogados de inversores que tienen acuerdos firmados con las empresas de Alejandro Berrutti se va volver a pedir en relación a otros contratos.

La revocación del concurso por parte del tribunal implicó que Berrutti volviera a tener el control de sus cuentas y que cayera el embargo de US$ 7,4 millones que se había trabado sobre sus bienes. De todos modos, se mantiene vigente el embargo genérico que dispuso la justicia penal en octubre para impedir que Berrutti y su esposa María José Argenti, puedan movilizar bienes. Ambos son socios en Berrutti y Argenti SA, Oro Rojo SA y Reina Vaca SA, sociedades que integran el grupo económico de Porfolio Capital.

En el ámbito penal Berrutti y Argenti son indagados por lavado y apropiación indebida y en diciembre se les impusieron medidas limitativas de la libertad hasta junio –prohibición de salir del país y fijar domicilio-. La fiscalía tiene en sus planes pedir la imputación en febrero o marzo, una vez que reciba informes de la Secretaría Antilavado y de otros organismos.

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En la audiencia en la que se tomaron las medidas, la fiscalía informó al juzgado de Crimen Organizado que el 25 de mayo, cinco días después de que Berrutti le informó a los inversores que no podía pagarle las rentabilidades que les debía, vendió una casa por US$ 700 mil y el 2 de junio realizó una transferencia al extranjero por US$ 300 mil. Agregó que entre el 30 de mayo y el 4 de junio aproximadamente, “existen retiros de US$ 130 mil en efectivo y otros US$130 mil en cheques”.

El audio ilegal y la no calidad de comerciante hicieron caer el concurso

Una de las principales pruebas que presentaron los damnificados que pidieron el concurso era un audio en el que Berrutti reconocía que “la empresa Berrutti & Argenti S.A era, en definitiva, él mismo, y que el dinero salía de su bolsillo”.

El propio Berrutti cuestionó esa prueba en su apelación, y señaló que “fueron realizadas sin su autorización, infringiendo el derecho a la intimidad, privacidad y libertad (arts. 7 y 72 de la Constitución), por lo que se trata de una prueba ilícita”. Además dijo que fue sacada de contexto.

Sin embargo, el Tribunal de Apelaciones Civil de 7 turno le dio la razón y consideró que “la prueba obtenida en violación a los derechos constitucionales o sin consentimiento de aquel a quien podría perjudicar, invadiendo la esfera de privacidad sin autorización judicial, es prueba ilícita y, como tal, inadmisible en el proceso civil y comercial, por lo que debe ser rechazada liminarmente”, según surge de la sentencia a la que accedió El Observador y de la que informó Montevideo Portal.

También aceptó el cuestionamiento a que se lo considere en calidad de comerciante y empresario. “Es discutible si realiza o no actividad empresaria o de comerciante, en su calidad de director de sociedades anónimas”, dijeron los ministros Loreley Pera, Cristina Cabrera y Edgardo Ettlin.

El tribunal consideró también que la contratante lo era de sociedades comerciales del llamado Grupo Económico Porfolio Ganadero, “no de Berrutti personalmente, persona física distinta a dichas sociedades”. “De la propia requisitoria surgiría denunciada una situación de insolvencia del grupo, pero no que Berrutti utilizara esas sociedades como pantalla para operar con fraude o abuso a través de ellas, más allá del hecho indiscutido de ser su director”, afirmó el tribunal.

La sentencia objetó que el juez afirmara que Berrutti como "cabeza del negocio" o del grupo, "asumió obligaciones a título personal, en virtud de la actividad empresaria que desarrollaba en el conjunto económico…”

“Ni aun con las clandestinas grabaciones inadmisibles de que se quiere hacer caudal en estas actuaciones, podría llegarse a esa conclusión. Tampoco se afirma en la decisión apelada que aquél hubiera organizado sociedades anónimas para engañar u ocultarse (...) ni que hubiera usado esas sociedades fraudulentamente y, hasta el momento, la insolvencia no está asociada, ni probatoria ni indiciariamente, a fraude”, concluyó el tribunal.

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Alejandro Berrutti Concurso de acreedores

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