El Ministerio de Desarrollo Social (Mides) y la Intendencia de Montevideo (IM) se reunieron este miércoles en Torre Ejecutiva para mejorar la coordinación en el protocolo que deben seguir una vez puesta en marcha la ley de internación compulsiva, que comenzó a regir el pasado 25 de agosto y habilita al Estado a retirar personas de la calle e internarlas en un centro de salud contra su voluntad si se cumplen ciertas condiciones.
El prosecretario de la comuna, Daniel González, señaló que si bien la ley fue discutida "por la academia y la sociedad civil", ya está vigente y, por eso, la administración departamental deberá cumplirla.
En este caso, el rol de la Intendencia de Montevideo es la limpieza de los espacios públicos, explicó.
González señaló que ya tienen tres equipos trabajando en la limpieza en el marco de la ley de faltas, mecanismo por el cual se levantan más de 40 toneladas de residuos por mes. "Nos han pedido una colaboración de dos camiones más y cómo se agregó un nuevo dispositivo se van a destinar más recursos".
De todos modos, el titular del Mides, Alejandro Sciarra, aseguró que en la reunión se preguntó a la IM cuántas personas por día ingresaban a dispositivos del Mides por la ley de faltas, algo que es coordinado por la IM y el Ministerio del Interior. "Vimos que ha bajado de 30 personas, pasamos a cinco o seis por día. Se nos contestó que la prioridad estaba en la limpieza y que muchas veces las personas se negaban a ir".
"A los gobiernos departamentales les compete la policía territorial y la protección de los espacios públicos. Nosotros estamos dispuestos a recibir a las personas que vengan de los dispositivos de la Intendencia", agregó.
Paso a paso de la ley de internación compulsiva
El primero en actuar, naturalmente, será el Ministerio de Desarrollo Social (Mides), ya que es el encargado, según el texto de la reglamentación a la que accedió El Observador, de recibir las denuncias y brindas asistencia primaria.
Esto quiere decir que el ministerio deberá actuar ante las denuncias que presenten terceros, el "requerimiento de las propias personas afectadas" o "contactos espontáneos en recorridas del Equipo Calle del Mides".
Si en el lugar, funcionarios del Mides observan que la persona "presenta riesgos graves de enfermedades o riesgo de muerte", deberá entonces llamar a la Administración de Servicios de Salud del Estado (ASSE) para que un médico brinde la "atención correspondiente". Sin embargo, con la nueva normativa, Mides también podrá solicitar a ASSE su presencia si observa que la persona tiene su "capacidad de juicio afectada" por problemas psiquiátricos o el consumo de drogas.
Cuando la persona afectada se niega a ser atendida, entonces podrá entrar en juego el Ministerio del Interior, que deberá concurrir para dar auxilio y colaboración al personal médico y del Mides.
"El Mides intervendrá directamente hasta que la persona asistida tome contacto con el personal médico de ASSE", agrega la reglamentación.
A ASSE, en tanto, le compete concurrir al lugar ante el requerimiento del Mides y brindar asistencia a la persona en situación de calle.
Si el médico que interviene no indica la internación en ese momento pero advierte que en caso de mantenerse a la intemperie puede haber un deterioro "considerable" de su salud, entonces será Mides el que decida si es pertinente o no trasladarlo a un centro asistencial.
Si aún así la persona se niega, entonces se podrá pedir al Ministerio del Interior que asista en el traslado.