22 de agosto 2024 - 18:40hs

El Poder Ejecutivo reglamentó la ley que establece la internación compulsiva de personas en situación de calle y estableció el paso a paso que tendrán que seguir los organismos involucrados para cumplir con la normativa, que entrará en vigencia este domingo 25 de agosto.

La ley fue aprobada en mayo de este año en el Parlamento, pero restaba la reglamentación para que empezara a funcionar. Este jueves hubo una reunión de coordinación en Torre Ejecutiva convocada por el presidente Luis Lacalle Pou, que horas después firmó la reglamentación.

Hasta ahora, las personas en situación de calle podían ser retiradas contra su voluntad si se acreditaba que estaban bajo riesgo de graves enfermedades o de muerte.

Más noticias

Sin embargo, ahora se estableció que la internación compulsiva se puede dar cuando las personas tengan su "capacidad de juicio afectada, como consecuencia de una descompensación de su patología psiquiátrica o por consumo de sustancias psicoactivas".

La normativa asegura que el fin es "proteger y salvaguardar la salud y la vida de las personas en situación de intemperie completa".

Paso a paso

El primero en actuar, naturalmente, será el Ministerio de Desarrollo Social (Mides), ya que es el encargado, según el texto de la reglamentación a la que accedió El Observador, de recibir las denuncias y brindas asistencia primaria.

Esto quiere decir que el ministerio deberá actuar ante las denuncias que presenten terceros, el "requerimiento de las propias personas afectadas" o "contactos espontáneos en recorridas del Equipo Calle del Mides".

Si en el lugar, funcionarios del Mides observan que la persona "presenta riesgos graves de enfermedades o riesgo de muerte", deberá entonces llamar a la Administración de Servicios de Salud del Estado (ASSE) para que un médico brinde la "atención correspondiente". Sin embargo, con la nueva normativa, Mides también podrá solicitar a ASSE su presencia si observa que la persona tiene su "capacidad de juicio afectada" por problemas psiquiátricos o el consumo de drogas.

Cuando la persona afectada se niega a ser atendida, entonces podrá entrar en juego el Ministerio del Interior, que deberá concurrir para dar auxilio y colaboración al personal médico y del Mides.

"El Mides intervendrá directamente hasta que la persona asistida tome contacto con el personal médico de ASSE", agrega la reglamentación.

A ASSE, en tanto, le compete concurrir al lugar ante el requerimiento del Mides y brindar asistencia a la persona en situación de calle.

Si el médico que interviene no indica la internación en ese momento pero advierte que en caso de mantenerse a la intemperie puede haber un deterioro "considerable" de su salud, entonces será Mides el que decida si es pertinente o no trasladarlo a un centro asistencial.

Si aún así la persona se niega, entonces se podrá pedir al Ministerio del Interior que asista en el traslado.

Temas:

internación compulsiva Mides persona en situación de calle

Seguí leyendo

EO Clips

Te Puede Interesar

Más noticias de Argentina

Más noticias de España

Más noticias de Estados Unidos