16 de septiembre de 2026 8:30 hs

La Intendencia de San José promulgó un decreto que regula la circulación de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) en el departamento y establece, entre otras condiciones, una edad mínima de 14 años, uso obligatorio de casco, seguro contra terceros y una velocidad máxima de 25 kilómetros por hora.

El decreto Nº 3279 comprende a los dispositivos de transporte individual de una o más ruedas, impulsados exclusivamente por motor eléctrico y diseñados para circular a velocidad limitada.

Los requisitos para circular en vehículos de movilidad personal en San José

Para conducir estos vehículos será obligatorio tener al menos 14 años y utilizar casco protector y elementos reflectantes.

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Los VMP también deberán contar con iluminación delantera y trasera, frenos en ambas ruedas o un sistema equivalente, una base de apoyo para los pies y un dispositivo sonoro, como timbre o bocina.

La normativa fija una velocidad máxima de 25 km/h y prohíbe transportar a más de una persona en cada vehículo.

Los usuarios podrán circular por calles, avenidas, ciclovías y bicisendas. En cambio, estará prohibido hacerlo por veredas, espacios peatonales y rutas nacionales dentro del departamento de San José.

Además, quienes conduzcan estos vehículos deberán contar con un seguro de responsabilidad civil contra terceros.

Registro obligatorio, pero sin patente

El decreto dispone además la creación de un Registro Departamental de Vehículos de Movilidad Personal.

La inscripción será obligatoria, gratuita y de tramitación simple.

A su vez, estos vehículos quedarán exonerados del pago de patente de rodados y de cualquier otro tributo o tasa relacionado con su registro o identificación.

Permisos especiales para triciclos y cuatriciclos

La Intendencia también promulgó el decreto Nº 3278, que habilita permisos especiales de circulación departamental para triciclos y cuatriciclos destinados a personas con impedimentos físicos o limitaciones motrices debidamente acreditadas.

El permiso será personal e intransferible y estará asociado exclusivamente a una persona y a un vehículo determinado.

Para obtenerlo, el interesado deberá presentarse ante la Dirección General de Tránsito, mientras que el vehículo tendrá que superar una inspección técnica. También podrá exigirse una prueba práctica de conducción.

Entre los requisitos se encuentra además la presentación de acreditación médica u otra documentación que justifique la solicitud, así como contar con el seguro obligatorio vigente.

Este último decreto entrará en vigencia el 1º de enero de 2027.

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