2 de julio 2025 - 11:13hs

Un Tribunal de Apelaciones ratificó la condena contra el femicida de Natalia Lagos, la mujer raptada y asesinada en un accidente de tránsito ocasionado por su expareja el 2 de agosto de 2023, confirmaron fuentes del caso a El Observador.

El implicado, expareja de Lagos, fue hallado responsable de un delito de homicidio muy especialmente agravado por femicidio, hurto, privación de libertad y tentativa de homicidio –esto último por intentar asesinar a un amigo de Natalia antes del accidente–. Fue condenado por el juez de Atlántida Sebastián Puñales a 30 años de prisión más 15 años de medidas eliminativas en octubre.

La defensa del hombre, encabezada por el abogado Gonzalo Zabaleta, apeló la decisión judicial alegando que esta presentaba "serias deficiencias técnicas y conceptuales, principalmente en la forma de motivación y en la interpretación de la prueba", y reafirmó que su cliente no tuvo intención de asesinar a su expareja en el choque de su auto contra el peaje de Soca, ni a su amigo antes de raptarla y llevarla al vehículo –que robó a este hombre–.

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Pidieron que la pena fuera reducida a 12 años de prisión por "dos delitos de violencia doméstica, un delito de desacato, violación de domicilio, lesiones graves, privación de libertad y homicidio ultraintencional", según se lee en la sentencia del tribunal a la que accedió El Observador.

Tanto el fiscal de Atlántida a cargo del caso, Ignacio Montedeocar, como el abogado de la familia Lagos, Rafael Silva –acompañado de Nicolás Pereyra–, rechazaron la apelación presentada por el abogado del condenado y pidieron al Tribunal de Apelaciones de 1° Turno que mantuvieran la condena en todos sus términos. El tribunal, por unanimidad, compartió la postura de estas partes y rechazó la apelación.

Las críticas de la defensa del femicida de Natalia Lagos a su condena, y las respuestas de Fiscalía, la defensa de Lagos y la justicia

El pedido de condenar al implicado por un "homicidio ultraintencional" y el pedido de quitar el agravante de "femicidio"

Zabaleta marcó que el condenado no tuvo "intención directa ni eventual de matar a la víctima", por lo que no puede configurarse el agravante del femicidio.

"La pericia de accidentología vial y el perito que la introduce afirma que puede ser un evento suicida, pero no lo asegura y de los informes técnicos no puede deducirse la intencionalidad del sujeto", se lee en la sentencia.

El abogado indicó que su defendido cometió un "homicidio ultraintencional", ya que el resultado del accidente "excedió la intención inicial que no era otra que la de ejercer violencia doméstica".

Para el fiscal el hecho de que el condenado "estrelló el vehículo a gran velocidad contra el peaje de Soca", evidencia el "dolo directo de matar" a su expareja: "Conducir un vehículo a alta velocidad contra una estructura sólida sin medidas de seguridad hace previsible el resultado mortal, y por tanto, debía prever, de hecho previó y quiso la muerte de Natalia".

Además sostuvo que "el homicidio se dio en un contexto de violencia de género prolongada, con asimetría de poder y violencia machista, lo que justifica aplicar la agravante de femicidio".

Natalia Lagos
Natalia Lagos

Natalia Lagos

El abogado de la familia Lagos, en tanto, declaró que la conducta del implicado "no fue accidental ni espontánea, sino que responde a un patrón de violencia sistemática que culminó en un femicidio". "Hubo dolo, intencionalidad, el acusado previó el resultado, lo quiso y lo buscó activamente", agregó.

Los integrantes de Apelaciones indicaron que para dar lugar a un homicidio ultraintencional se debe "admitir que el acusado intentó lesionar dolosamente a la víctima y que de ello se derivó el resultado fatal, no querido ni previsto, pero previsible".

Sin embargo, el tribunal sostuvo que "no es esa la argumentación" del abogado, y compartió con Fiscalía y la defensa que el condenado chocó su auto "con intención de dar muerte a la víctima, y probablemente, a él mismo", con lo que también comparten que el hombre había mostrado intenciones de suicidarse.

Para los jueces de Apelaciones "desde el momento" en que el implicado "irrumpió en la vivienda de Natalia Lagos quedó claro que su voluntad era darle muerte", algo que sostienen principalmente con el relato del amigo de la víctima, quien recordó que al llegar, el condenado dijo: "…No, este es tu novio, yo a vos te dije que si vos no eras mía, no eras de nadie… ¿qué querés, que los mate a los dos acá?".

También marcaron que las pericias del choque muestran indicios de un homicidio y suicidio: en la escena no se hallaron "huellas de frenado ni de derrape", el autor del crimen "impactó contra el muro divisorio de las cabinas de peaje a por lo menos 95 km/h" e incluso se presencia un pequeño giro para dirigirse hacia ese muro.

"No se trató de un accidente", reiteraron los magistrados, quienes entienden como "revelador" que cuando los primeros policías llegaron a la zona el hombre –exoficial– les dijo "ya sé que estoy en 70", que en la jerga policial "significa que debía ser detenido y esposado".

Ataque a amigo de Natalia Lagos fue un crimen de "lesiones graves" y no un intento de homicidio

El abogado del implicado criticó que el hombre fuera condenado por tentativa de homicidio por su ataque al amigo de Lagos, que a su entender calificaba para un crimen de "lesiones graves". Además, indicó que no se le debería imputar un hurto "agravado" por robar el auto del amigo, ya que sostuvieron que este se lo entregó "voluntariamente".

Montedeocar, por su parte, puntualizó que la herida que sufrió el amigo de Natalia "fue grave y, aunque no lesionó órganos vitales, implicó un riesgo de vida", por lo que compartió la decisión del juez de imputarle la tentativa de homicidio. Para el fiscal en ese hecho el hombre "actuó con clara intención homicida".

Los magistrados de Apelaciones postularon que "ningún elemento, ni individual, ni contextual, ni ninguna valoración de la prueba" permite "arribar a la conclusión" de que el implicado no quiso asesinar al amigo de Natalia como asegura el defensor.

"Fue la maniobra defensiva de la víctima la que, probablemente, impidió que la puñalada ingresara más profundamente e hiriera órganos internos", explicaron, "y no la inocente acción del acusado de únicamente querer herirlo de una forma tan peligrosa como lo es introducir una cuchilla de veinte centímetros en el abdomen de otra persona".

Además, descartaron "de plano" que el amigo de Lagos haya entregado "voluntariamente" su auto al femicida. "Alcanza con representarse mentalmente la escena" para "concluir que es imposible que se existiera un consentimiento libre", criticaron, a tal punto que calificaron el argumento de "absurdo".

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Así terminó el auto en el que iban Natalia Lagos y su expareja, en medio del peaje de Soca

Así terminó el auto en el que iban Natalia Lagos y su expareja, en medio del peaje de Soca

La solicitud de quitar las medidas eliminativas

El abogado defensor se postuló en contra de la adición de las medidas eliminativas, ya que sostuvo que "las pericias psicológicas y psiquiátricas no justifican tales medidas, y que los antecedentes de denuncias por parte de anteriores parejas no tienen suficiente peso probatorio".

Sin embargo, el fiscal advirtió que las distintas pericias realizadas al implicado muestran que "no es terapizable según los peritos, dada su falta de disposición al cambio y la persistencia de conductas violentas sistemáticas, lo que aumenta su peligrosidad futura" y por ello no permite quitar las medidas eliminativas.

Apelaciones entiende que "el desarrollo de la sentencia de primera instancia es elocuente para determinar la peligrosidad a futuro del acusado", debido a su "personalidad y una historia de agresiones".

Las críticas al contenido de la sentencia

Según indica la sentencia de Apelaciones, la defensa del femicida afirmó que la sentencia contra el condenado "se limita a transcribir extensamente los testimonios y documentos del juicio, sin analizarlos ni aplicarlos críticamente a los hechos".

Aunque Zabaleta reconoce "la ocurrencia material de los hechos atribuidos" a su cliente, entiende que "esto no equivale a aceptar automáticamente su gravedad jurídica, ni a justificar la pena impuesta sin una valoración adecuada de elementos como la antijuridicidad y la culpabilidad".

El fiscal Montedeocar aseguró que la apelación de la defensa del femicida "no desarrolla una crítica razonada de la sentencia impugnada ni demuestra por qué sería errónea", además de que "omite contenidos sustanciales" de las pericias y "no rebate adecuadamente las pruebas ni propone interpretaciones jurídicas consistentes".

Para Rafael Silva, en tanto, el abogado del implicado "se limita a realizar un comentario genérico pero no lo relaciona con la sentencia impugnada, lo que entendió es un "agravio aparente".

Por otra parte, el Tribunal de Apelaciones aseguró que "el agravio" que alegó sufrir la defensa del condenado "no está desarrollado porque no explica cómo lo perjudica esa forma de razonar o de exponer los fundamentos de la sentencia".

Incluso, para los magistrados el juez Puñales "realiza una excelente exposición y explicación de la prueba y sus conclusiones". "Es clara, completa, legítima y lógica", agregaron.

Temas:

Natalia Lagos Tribunal de Apelaciones accidente de tránsito homicidio Femicidio

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